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Senadores del PT presentan otra iniciativa para el doblaje mexicano
La nueva propuesta contempla eximir de la obligación de doblaje al español a las películas que se exhiban en cineclubes y circuitos no comerciales y que tengan valor educativo, artístico o cultural.
Ya parece broma, pero no lo es. Ahora, senadores del Partido del Trabajo (PT) presentaron otra iniciativa para el doblaje mexicano y sí, tan irreal como la del senador Martí Batres que se quedará, también, como una anécdota más por el desconocimiento del tema y lo que implica.
Ahora, Miguel Ángel Lucero Olivas y las senadoras Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, Nancy de la Sierra Arámburo, Cara Cecilia Pineda Alonso, Alejandra del Carmen León Gastélum y del senador Joel Padilla Peña integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo presentaron una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reformarían los artículos 8, 31 y 42 de la Ley Federal de Cinematografía, para que todas las películas que originalmente hayan sido producidas en un idioma distinto al español y que sean exhibidas en circuitos comerciales, sean exhibidas de manera simultánea en una versión doblada al español.
Un punto diferente, a la ley “Batres/Doblaje” es el artículo 31 donde se añade: “establecemos la posibilidad de eximir de esta obligación a las obras cinematográficas cuando se promueva su exhibición en cineclubes y circuitos no comerciales de películas extranjeras con valor educativo, artístico o cultural, no estarán obligadas a la disposición sobre el doblaje que establece el articulo 8 de esta ley".
En el caso de circuitos comerciales solo podrán excluirse de la obligación de doblaje señalada en el artículo 8 de esta ley, "aquellas películas de producción independiente con valor educativo, artístico o cultural, exhibidas en salas de arte, en los términos que señale el reglamento”
Aquí empieza el problema: ¿quién determinará las películas extranjeras con valor educativo, artístico o cultural? ¿Quién o cómo lo van a decidir? Entre otras preguntas.
Según los senadores del Partido del Trabajo, quienes, como Martí Batres, también ignoran todo el trabajo que ha hecho la comunidad en las mesas de discusión para reformar la Ley Federal de Cinematografía en la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados, el artículo 8 quedaría así:
“Todas las películas serán exhibidas al público en su versión original, pero en el caso de las películas producidas en un idioma distinto al español, deberán exhibirse de manera simultánea dobladas en español y, en su caso, subtituladas en español, en los términos que establezca el Reglamento”
Y proponen que “se elimine la disposición para que solo las películas clasificadas para el público infantil y los documentales podrán exhibirse dobladas al español”.
Los senadores presentaron dicha iniciativa el cinco de febrero, una semana después de que la comunidad rechazara la propuesta de Martí Batres.
Hasta ahora, tal y como se informó en El Economista, la iniciativa seria, la verdadera, es la que presentó María Novaro, titular del Instituto Mexicano de Cinematografía (Imcine) junto a la comunidad: Hasta 50% de las películas que se estrenen en lenguas extranjeras en México se podrán doblar al español, entre otros detalles.
Sergio Mayer, presidente de la Comisión de Cultura y Cinematografía en la Cámara de Diputados, dijo que es prioritario reformar la Ley Federal de Cinematografía en este periodo de sesiones.
Iniciativa
En el caso de circuitos comerciales solo podrán excluirse de la obligación de doblaje señalada en el artículo 8 de esta ley, aquellas películas de producción independiente con valor educativo, artístico o cultural, exhibidas en salas de arte, en los términos que señale el reglamento.
Artículo 31.- Las empresas que promuevan la producción, distribución, exhibición y/o comercialización de películas nacionales o cortometrajes realizados por estudiantes de cinematografía, contarán con estímulos e incentivos fiscales que, en su caso, establezca el Ejecutivo Federal.
Asimismo, las que promuevan la exhibición en cine clubes y circuitos no comerciales de películas extranjeras con valor educativo, artístico o cultural, o las que realicen el copiado, subtitulaje o doblaje en territorio nacional, contarán con los estímulos e incentivos referidos en el párrafo precedente.
Además, las que promuevan la exhibición en cine clubes y circuitos no comerciales de películas extranjeras con valor educativo, artístico o cultural, no estarán obligadas a la disposición sobre el doblaje que establece el articulo 8 de esta ley.
En el caso de circuitos comerciales solo podrán excluirse de la obligación de doblaje señalada en el artículo 8 de esta ley, aquellas películas de producción independiente con valor educativo, artístico o cultural, exhibidas en salas de arte, en los términos que señale el reglamento.
vgutierrez@eleconomista.com.mx
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