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Economía

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Devolución de impuestos, difícil para outsourcings: expertos

El esquema de trabajo de las empresas outsourcing no sólo ha complicado la administración fiscal que deben de llevar y su relación con las autoridades fiscales, sino también la obtención de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que una empresa genera después de sus declaraciones.

El esquema de trabajo de las empresas outsourcing no sólo ha complicado la administración fiscal que deben de llevar y su relación con las autoridades fiscales, sino también la obtención de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que una empresa genera después de sus declaraciones.

Cabe recordar que las actividades que realiza una empresa de outsourcing están consideradas como prestación de servicios independientes, motivo por el cual el impuesto que se aplica es del IVA.

Al momento en el que una de estas empresas cumple en tiempo y forma con su declaración e informa sus deducciones al Servicio de Administración Tributaria (SAT), tiene derecho de obtener un saldo a favor del IVA pagado y que éste le sea devuelto, como cualquier contribuyente.

Sin embargo, a decir de Jaime Flores, socio director del Centro Administrativo de Desarrollo Empresarial (Cadem) Consultores, actualmente, la devolución de impuestos a quienes guardan relación con empresas de subcontratación ha sido sumamente cuestionada por las autoridades fiscales, en particular por el SAT.

Lo anterior se traduce en saldos a favor demorados, pagados parcialmente o simplemente no pagados por la autoridad fiscal; esta situación no sólo se presenta para las empresas outsourcing sino también para aquellas que las contratan.

La autoridad fiscal ha destacado en repetidas ocasiones que la fiscalización y las revisiones que se hacen a este tipo de empresas es debido a que existen muchos contribuyentes que abusan de las bondades de este esquema .

Se estima que en el país hay alrededor de 71,441 contribuyentes que se dedican al outsourcing agresivo y que pudieron haber defraudado al fisco por simulación de actividades que causaron IVA y de las cuales se solicitó un saldo a favor.

Ante este panorama, Jaime Flores comentó que para evitar contingencias deben establecerse parámetros más específicos para las empresas outsourcing en materia de devolución de impuestos, los cuales permitan cumplir adecuadamente con los requisitos legales en materia laboral y fiscal.

Lo anterior, añadió, permitirá que el proceso de devolución sea más sencillo y menos complicado para las empresas prestadoras de servicios, lo que sin duda mejorará la relación con las autoridades fiscales.

A partir del 2017, el tema de outsourcing suma obligaciones tanto para la empresa contratante como para la que presta el servicio.

Quien contrata un outsourcing está obligado a emitir comprobantes fiscales que amparen los salarios pagados a los trabajadores subcontratados y hacer un acuse de recibido y declaración de enterada de la retención del Impuesto sobre la Renta y las cuotas obrero-patronales. En tanto, las empresas prestadoras del servicio tienen la obligación de emitir facturas electrónicas que amparen los salarios pagados a los trabajadores subcontratados.

Además, tienen que entregar a sus clientes copia simple de la declaración con el respectivo comprobante de pago e información reportada al SAT, para después notificar a este organismo respecto de sus operaciones de subcontratación de personal, el monto del IVA trasladado, así como del pago efectuado por este concepto.

claudia.cordova@eleconomista.mx

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