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El Empresario

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El gobierno corporativo y los accionistas

Los órganos de gobierno de las organizaciones tienen que reportar, normalmente una vez al año, las actividades operativas que han llevado a cabo.

Hasta ahora siempre hemos hablado de las reglas del gobierno corporativo desde una perspectiva del consejo de administración hacia la organización, pero no hemos discutido de la forma en la que dichas reglas afectan a los socios o accionistas de una organización.

De acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles y ordenamientos como los códigos civiles federal y de los estados y otros que regulan el funcionamiento de las organizaciones (excepto en organismos descentralizados de los gobiernos), el máximo órgano de decisión es la asamblea de accionistas, socios o asociados.

Para poder cumplir con lo anterior, los órganos de gobierno de dichas organizaciones tienen que reportar, normalmente una vez al año, las actividades operativas que han llevado a cabo, la evolución que han tenido, los resultados operativos y financieros obtenidos durante el periodo inmediato anterior y la situación financiera que tiene a la fecha de cierre del periodo reportado.

Dicha información habitualmente está contenida en un informe anual que rinde el órgano de gobierno, sea éste un consejo de administración, junta directiva o un administrador único que va dirigido a los socios, asociados o accionistas, dependiendo del tipo de organización y de su estructura jurídica para su ratificación y/o aprobación.

Normalmente, el informe mencionado debe contener un reporte del consejo de administración a través de su presidente en forma de carta, en donde haga un resumen de todos los eventos que afectaron a la entidad durante el periodo reportado, la forma en que se atendieron dichos eventos, las actividades llevadas a cabo, los resultados de éstas, los retos y oportunidades que se presentan y los compromisos y proyecciones para el siguiente ciclo.

Se debe incluir un reporte de operaciones que explique las principales actividades que ha hecho la organización, los volúmenes producidos y vendidos, y servicios prestados por área y división.

Asimismo, hay que realizar la documentación del estado que guarda la situación laboral dentro de la organización, el número de empleados que colaboraron, la capacitación, la seguridad industrial y los planes de beneficios.

No deben faltar los estados financieros de la sociedad que indiquen la situación económica a la fecha de cierre del lapso reportado, los resultados, el estado de flujo de efectivo y de variaciones en el patrimonio, incluidas las notas explicativas a dichos estados. Todo de acuerdo con normas de información financiera que sean aplicables.

De igual manera, hay que hacer una descripción de cualquier cambio importante en la estructura operativa, administrativa y financiera en la entidad, incluyendo las razones y la estrategia seguida por el órgano de gobierno y la administración. La ratificación o, en su caso, designación de los miembros del órgano de gobierno de la entidad, además del órgano de vigilancia y los comités derivados de éstos, también deben especificarse.

Otro informe que se debe incorporar es sobre las acciones de beneficio social que lleve a cabo la organización en adición a sus actividades normales.

Por último, es necesaria una descripción de cualquier proyecto importante que, de acuerdo con los estatutos de la organización, requiera de la aprobación de los accionistas.

Adicionalmente, los socios, asociados o accionistas podrán involucrarse de una mejor manera en los asuntos de la organización. Para esto deberán solicitar que la asamblea los acepte como parte de los órganos de gobierno o vigilancia y/o de cualquier comité derivado de los mismos.

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