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Cofece inicia investigación por precio del huevo

La Cofece informó que se consideran prácticas monopólicas absolutas aquellos contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios .

La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) dio a conocer el extracto del acuerdo por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y comercialización de huevo en el territorio nacional.

En su portal de Internet, la Cofece informó que se consideran prácticas monopólicas absolutas aquellos contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios .

Lo anterior, luego de que fuera instruida por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Economía, luego de que se registraran alzas el precio del producto que fueron calificadas como injustificadas por parte de su titular, Ildefonso Guajardo.

El precio promedio de huevo blanco al mayoreo en las principales centrales de abasto del país se disparó el 15 de marzo a 29.6 pesos por kilo, el nivel más alto desde junio de 2012 que detonó la influenza aviar en Los Altos de Jalisco. Sin embargo, en el comercio al menudeo se puede adquirir hasta en 40 pesos.

En el extracto, la Cofece precisa en un comunicado que el acuerdo sólo se refiere al inicio de un procedimiento indagatorio, sin que se hayan identificado a este momento en definitiva actos que, en su caso, puedan constituir una violación a la Ley Federal de Competencia Económica.

Para el desarrollo de esta indagatoria la Autoridad Investigadora tiene entre 30 y 120 días hábiles, contados a partir de la fecha del acuerdo, 25 de marzo de 2015, mismo que podrá ser ampliado hasta por cuatro ocasiones .

Conforme a la LFCE de 2014, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser sancionados en los siguientes términos:

  • La orden de suprimir la conducta, inhabilitación hasta por 5 años para ejercer como directivos y multas hasta por 200,000 veces el salario mínimo a aquellas personas físicas que hayan participado en la conducta en representación de un agente económico,
  • Multas de hasta el equivalente al 10% de los ingresos económicos del agente económico responsable y de hasta por 180,000 veces el salario mínimo a quienes hayan coadyuvado,
  • Propiciado o inducido la comisión de las prácticas.
  • Las personas físicas que participen en la celebración, ejecución u ordenen este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir de 5 a 10 años de prisión.

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