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En vigor, la ley de Competencia Económica
La nueva legislación obligará a la rendición de cuentas, a la vez que brindará certeza jurídica a las empresas, mientras que a la Cofece la dota de nuevas herramientas para que pueda fomentar la competencia en México.
A partir de hoy entra en vigor la nueva Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), que permite al gobierno federal solicitar al órgano regulador el inicio de investigaciones contra presuntas prácticas monopólicas y abusos al consumidor; mientras que impone obligaciones de rendición de cuentas.
Este instrumento marcará un hito para la política pública en materia de competencia de México que dará impulso a la innovación, la productividad y el crecimiento económico, aseguró la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
Como órgano constitucional autónomo, la Comisión reconoce la responsabilidad que esta LFCE representa, al disponer de un nuevo marco institucional y herramientas más modernas para aplicar con eficacia la Ley de Competencia en México , destaca en un comunicado.
No obstante, para poder aplicarse de manera adecuada, aún falta que la Cofece defina las directrices de dicha ley que serán sometidas a la opinión pública, además de los lineamientos, guías y criterios técnicos que serán vinculantes para su actuación.
El sector privado trabajará con la Cofece, que encabeza Alejandra Palacios, para que se le dote de certidumbre jurídica con los nuevos lineamientos de la ley.
Se prevé que los principales efectos de la ley se vean reflejados dentro de dos años, por cuestión de denuncia, investigación y resolución. El gran avance de esta reforma es un menor número de amparos de los agentes económicos, lo que ayudará a acelerar la libre competencia.
El Congreso dotó a la Cofece de mayores herramientas para cumplir con sus funciones preventiva y correctiva, las cuales hacen cumplir la ley e impulsar una cultura de competencia.
Nuevos mecanismos regulatorios:
PREVENTIVOS
- Prevención de concentraciones anticompetitivas.
- Prevención de prácticas monopólicas en licitaciones, permisos y contratos públicos.
- Opiniones sobre normativas que potencialmente pueden inhibir la competencia.
- Controversias constitucionales (vía el Ejecutivo) cuando hay violaciones a los artículos 28 o 117.
CORRECTIVOS
- Más causales de sanción para conductas anticompetitivas.
- Estudios de mercado con recomendaciones no vinculantes para introducir presión competitiva.
- Declaratorias de dominancia.
- Regulación de insumos esenciales.
- Desincorporación de activos como medida de última instancia.