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Juez suspende uso de etanol al 10% en gasolinas

El Poder Judicial de la Federación prohibió a Petróleos Mexicanos el uso de etanol al 10% en las gasolinas que produce, transporte, almacena y distribuye y también prohibió exceder los parámetros normales de presión de vapor.

El aumento de hasta 10% a la proporción de etanol en las gasolinas en casi todo el país quedó invalidado luego de que un juez dictó la suspensión temporal del acto sobre la modificación a la NOM 016 de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), al considerar que se violaría el derecho al medio ambiente sano de la población.

El juez Francisco Javier Rebolledo Peña, del Sexto Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, determinó que Petróleos Mexicanos (Pemex) no se encuentra en condiciones de cumplir con esta modificación, además de que con el cambio la CRE ignoró los argumentos presentados por distintos actores y de manera unilateral, mediante la publicación exprés y sin consulta en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, emitió la modificación a la norma en materia de combustibles.

Gabriel Quadri, director de Sistemas Integrales de Gestión Ambiental (Sigea), explicó a El Economista que esperan la sentencia sobre este amparo en aproximadamente dos semanas, por lo que este año se dará a conocer de manera definitiva si se suspende este aumento y la proporción de etanol queda en 5.8% para todo el país, como estaba previsto en la redacción original de la norma.

El uso de etanol como combustible verde es una fachada para defender los intereses del lobby de los productores de etanol en Estados Unidos y de un momento a otro la CRE se contradijo a sí misma, también por presiones de los productores de gasolinas, para homologar sus características con las de Estados Unidos y acelerar las importaciones, sin tomar en cuenta el riesgo probado para la salud en el mundo en el uso de etanol .

La CRE emitió los cambios a la NOM-016-CRE-2016 Especificaciones de Calidad de los Petrolíferos en junio pasado, con lo que se ordenó este incremento en el contenido de etanol para todo el país, excepto para las zonas metropolitanas del Valle de México, Guadalajara y Monterrey, donde se consideró en espera de estudios que el etanol dispersa aldehídos y partículas de ozono nocivas para la salud.

Contradicciones

Al respecto, el Poder Judicial admitió los argumentos de los grupos que interpusieron el amparo contra esta regulación, ya que según el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, hay 19 ciudades y municipios con altas concentraciones de ozono en el ambiente que tendrían esta obligación, como Ensenada, Mexicali, Tecate, Rosarito, Juárez, Torreón.

Pero además, los autos podrían circular por todo el país y cargar gasolinas con mayor proporción de etanol para utilizarlas en las zonas donde se prohibió su expendio, recordó Quadri. La CRE violó además recomendaciones de la Semarnat, del IMP, de Pemex, de la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz y hasta de uno de los miembros de su propio órgano de gobierno, el comisionado Marcelino Madrigal , dijo.

Como parte de la misma modificación, la CRE también concedió a las gasolinas con 10% de etanol una exención en el límite de presión de vapor, autorizándoles una libra por pulgada adicional, medida que también fue suspendida. De los cuatro amparos, uno fue desechado y en otro el juez se declaró incompetente, mientras que falta la resolución de uno más.

kgarcia@eleconomista.com.mx

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