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Gobierno da revés a proyecto para regular e-commerce

La decisión de la Secretaría de Economía se tomó luego de que varias cámaras empresariales pidieron modificaciones y extensión de la entrada en vigor de la nueva norma, y cuestionaron su efectividad para proteger los derechos de los consumidores, la seguridad en la trazabilidad y la equidad para las partes interesadas.

El proyecto señalaba que las importaciones relacionadas con el acuerdo propuesto se entregarían mediante los servicios de mensajería y paquetería o cualquier otro servicio de entrega prestado por un tercero, cuyo valor en aduana no exceda 2,500 dólares.

El proyecto señalaba que las importaciones relacionadas con el acuerdo propuesto se entregarían mediante los servicios de mensajería y paquetería o cualquier otro servicio de entrega prestado por un tercero, cuyo valor en aduana no exceda 2,500 dólares.Foto: Especial

La Secretaría de Economía pidió suspender la revisión regulatoria de un proyecto de acuerdo para regular importaciones a través de plataformas de comercio electrónico. 

La decisión se tomó este martes luego de que varias cámaras empresariales pidieron modificaciones y extensión de su entrada en vigor, y manifestaron cuestionamientos sobre la efectividad para proteger los derechos de los consumidores, la seguridad en la trazabilidad y la equidad para las partes interesadas.

En México, el comercio electrónico ha mantenido una tendencia creciente en los últimos años con una regulación ausente o deficiente y estadísticas opacas y limitadas, sobre todo con respecto al comercio internacional.

Guadalupe López, responsable de esta Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) de la Secretaría de Economía, solicitó la baja del expediente a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

“Lo anterior, toda vez que dicho Anteproyecto contiene modificaciones normativas cuya pertinencia deberá ser nuevamente analizada, y en su caso, replanteada, a través de un proyecto diverso”, justificó la funcionaria en su petición.

En días previos, como parte del proceso, la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD) expuso que la regulación propuesta establece que las mercancías importadas con pedimento y procedimiento simplificado, a través de empresas de mensajería y paquetería con registro ante la autoridad competente, deberán cumplir con la información comercial a través de espacios que sean establecidos en las plataformas de comercio electrónico.

Pero objetó enseguida: “Esta Autoridad pierde de vista que el proyecto de texto propuesto es impreciso, en virtud de que no se advierte la obligación concreta del cumplimiento de la información comercial y/o cumplimiento de normas de seguridad para el usuario final, ya que está dejando en desventaja a aquellos importadores que efectúan sus operaciones en la vía tradicional”.

Además, la ANTAD propuso incluir la obligación para las plataformas de publicitar su cumplimiento mediante el acreditamiento ante la autoridad a través de las certificaciones correspondientes, y en caso de omisión, se establezcan las sanciones que en derecho correspondan, conforme a la Ley de Protección al Consumidor y la Ley de Infraestructura de la Calidad.

Por su parte, la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM) desaprobó que en la regulación sugerida no se tome en cuenta que existe la facilidad de declarar a nivel pedimento fracciones arancelarias “genéricas”.

Por lo tanto, añadió, “no queda claro en la propuesta en comento ¿cómo se va a garantizar el cumplimiento de una obligación y evitar el abuso del esquema de facilitación, sí no se tiene la trazabilidad adecuada a nivel pedimento?”

De acuerdo con el proyecto, las importaciones relacionadas con el acuerdo propuesto se entregarían mediante los servicios de mensajería y paquetería o cualquier otro prestado por un tercero, con valor en aduana menor a 2,500 dólares. Y las mercancías de procedimiento simplificado por estos mismos medios no deberían rebasar las 10 importaciones por mes, por destinatario o consignatario, y deberían cumplir con la información comercial para protección del consumidor.

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