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Profepa impugna orden de investigar presunto relleno de cenotes en tramo del Tren Maya
La Profepa se enfrenta a dos medidas cautelares otorgadas por un juez que la acusa de no investigar y sancionar denuncias por presunto daño ambiental en el tramo 5 sur del Tren Maya.
Cancún, QRoo.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) interpuso un recurso de queja en contra de la medida cautelar otorgada por el juez primero de Distrito, con sede en Yucatán, contra el fallo que le ordena documentar, investigar y, en su caso sancionar, las denuncias por presunto relleno de cenotes en el tramo 5 sur del Tren Maya.
La denuncia popular que se menciona en el juicio de amparo 773/2023 se refiere específicamente a un segmento del Tren Maya, tramo 5 sur, a la altura del hotel Grand Sirenis, en el límite entre Solidaridad y Tulum.
En realidad, Profepa enfrenta dos medidas cautelares otorgadas por el mismo juzgado sobre la misma situación, es decir, la omisión de Profepa en investigar y sancionar las denuncias por presunto daño ambiental.
La otra medida cautelar otorgada por el juez corresponde al amparo 2878/2022.
Para impugnar la medida, Profepa presentó pruebas periciales que serán tomadas en cuenta en la audiencia incidental en la que se determinará si se mantiene la medida cautelar o el juez decide que Profepa no investigue las denuncias.
La denuncia popular que supuestamente la Profepa no ha atendido es la PFPA/5.3/2C.28.2/00011-20, en la cual se señala que al momento del desmonte de selva para la vía del Tren Maya “no se contaban con las autorizaciones en materia de impacto ambiental”, además de que tampoco contaban con las autorizaciones en materia de cambio de uso de suelo en terrenos forestales.
“De las denuncias en comento, la Profepa ha sido omisa en atenderlas y de ejercer sus
facultades para aplicar de manera efectiva la legislación ambiental y permitiendo también la continuación y consumación de delitos ambientales federales, de conformidad con el artículo 418, fracciones I y III del Código Penal Federal, que a la letra establece penas de seis meses a nueve años de prisión y por equivalente de cien a tres mil días multa por desmonte ilegal de vegetación”, se lee en la denuncia de amparo.