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Suspenden amparo contra alza de IVA en frontera

El Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales con residencia en Tijuana resolvió sobreseer un amparo promovido contra la homologación del IVA en la franja fronteriza, debido a que no se acreditó el interés jurídico ni la afectación directa.

El Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales con residencia en Tijuana resolvió sobreseer un amparo promovido contra la homologación del IVA en la franja fronteriza, debido a que no se acreditó el interés jurídico ni la afectación directa.

Ello al resolver el juicio de amparo 117/2014, promovido por más de 58,181 personas inconformes, en contra de la constitucionalidad del decreto por el cual se homologa del 11 al 16% el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la franja fronteriza.

La autoridad jurisdiccional señaló que el 24 de junio resolvió sobreseer dicho amparo, por haberse señalado al secretario de Gobernación y al director del Diario Oficial de la Federación sin precisarse, vía agravio, vicios propios en el proceso legislativo .

También debido a que los solicitantes de amparo no acreditaron ser sujetos pasivos del impuesto reclamado, que éste se les hubiese trasladado como venta final o bien, ser residentes permanentes en esta ciudad , puntualizó.

En su resolución, el juez federal indicó que no se advirtió que la parte quejosa le atribuyera vicios propios en el refrendo y publicación del decreto impugnado al secretario de Gobernación y al director del Diario Oficial de la Federación , medio que público el decreto.

Esta situación hace legamente improcedente el juicio de amparo al tenor del Artículo 61 , detalló en su fallo el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en un comunicado.

Dijo que respecto de los actos atribuidos al Congreso de la Unión y al Presidente de la República sobre a la derogación de los artículos 2 y 5 de la Ley del IVA el juicio de amparo también se consideró improcedente.

Ello debido a que los quejosos no acreditaron su interés jurídico, es decir, la existencia y titularidad de un derecho protegido por la ley y el resentimiento de un agravio, perjuicio, menoscabo u ofensa en ese derecho, proveniente de un acto de autoridad .

mac

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