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Conozca la Ley de Voluntad Anticipada

Se busca darle a las personas la libertad de no someterse ?a tratamientos que alarguen de forma innecesaria la vida.

¿Se imagina tener la oportunidad de decidir que no se haga ningún esfuerzo para mantenerlo en vida, si una enfermedad grave le aqueja? La Ley de Voluntad Anticipada (LVA) regula la ortotanasia (muerte correcta); ésta busca darle a la persona la libertad de no someterse a tratamientos médicos que prolonguen de manera innecesaria la vida, protegiendo la dignidad de la persona al ser imposible mantenerla viva de manera natural, destacó Ignacio Morales Lechuga, presidente del Colegio de Notarios del Distrito Federal.

La LVA se aplica cuando un enfermo está en etapa terminal: tiene un padecimiento mortal o tiene una esperanza de vida menor a seis meses, relató Morales Lechuga.

Los requisitos indispensables para aplicar la LVA son:

  • A. Un diagnóstico de enfermedad avanzada, irreversible, incurable, progresiva o degenerativa.
  • B. Existir la imposibilidad de respuesta a un tratamiento específico.
  • C. Presentar numerosos problemas y síntomas secundarios o subsecuentes.

Para todos

LA ÚLTIMA PETICIÓN

La persona que decida optar por esta oportunidad que le brinda la ley debe constar por escrito con el denominado Documento de Voluntad Anticipada, el cual puede ser otorgado por cualquier persona en todo momento o por el propio enfermo en etapa terminal.

En ambos casos, debe estar en el pleno y cabal uso de sus facultades mentales, libre de cualquier presión y poder manifestar su deseo sin ninguna duda.

El documento debe indicar la intención de someterse a la Ley de Voluntad Anticipada y debe incluir a un representante que vigilará su cumplimiento.

No obligados

SERVICIOS MÉDICOS

Los médicos y las enfermeras pueden negarse a ejecutar la ortotanasia, debido a que la ley indica que aquellas personas cuyas creencias religiosas o convicciones personales sean contrarias a las disposiciones de la ley podrán negarse a llevar a cabo la voluntad del enfermo.

La obligación de la Secretaría de Salud es vigilar que en las instituciones exista personal dispuesto a cumplir con la voluntad de las personas. Los organismos privados tienen la obligación de nombrar a un responsable de vigilar que se pueda llevar a cabo la voluntad del enfermo.

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patricia.ortega@eleconomista.mx

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