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Finanzas Personales

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Su ahorro para el retiro lo apoya con los gastos del matrimonio

La renta del salón, la decoración, el bufet, el traje del novio, el vestido de la novia, el conjunto musical, los recuerdos de la boda, las fotografías oficiales, en fin. Casarse sale caro… Y mucho.

La renta del salón, la decoración, el bufet, el traje del novio, el vestido de la novia, el conjunto musical, los recuerdos de la boda, las fotografías oficiales, en fin. Casarse sale caro… Y mucho.

Pero ¿sabía que puede tramitar un apoyo ante el Instituto Mexicanos del Seguro Social (IMSS) para enfrentar los gastos derivados de esta unión?

La ayuda para gastos de matrimonio es una prestación a la que tiene derecho el trabajador asegurado y que contrae matrimonio civil. Se financia con una parte de los recursos acumulados en su cuenta individual de ahorro para el retiro en una afore.

Según información del IMSS, la cantidad a pagar por esta ayuda es de 30 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a la fecha del matrimonio.

¿Cómo se tramita?

Según información de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, debe acudir a la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde y solicitar la resolución de ayuda de gastos de matrimonio.

Para hacer el trámite ante el IMSS es necesario presentar: identificación oficial, copia certificada de matrimonio o copia fotostática para cotejo, un documento que contenga el número de seguridad social del asegurado y un documento que compruebe cuál afore administra actualmente sus recursos para el retiro (como su último estado de cuenta de la afore). Si previamente registró a otro cónyuge ante el IMSS, el asegurado deberá exhibir el acta de defunción del antiguo cónyuge o bien el acta de divorcio.

Con lo anterior, el IMSS le entregará una resolución de ayuda para gastos de matrimonio con una vigencia de 60 días naturales para realizar el cobro.

Para efectuarlo deberá presentarse a la afore con este documento y con una identificación oficial.

Esta prestación sólo puede hacerse efectiva una vez en la vida y no se le descuentan semanas de cotización. La afore le entregará la cantidad que le corresponda en un máximo de cinco días hábiles vía cheque o depósito bancario.

Requisitos para solicitar los recursos

El cobro del dinero se hace ante la afore y debe cumplir con lo siguiente:

1. Tener acreditadas cuando menos 150 semanas de cotización antes el Instituto.

2. No haber ejercido el derecho anteriormente.

3. Estar vigente como asegurado o estar dentro de los 90 días de la conservación de derechos a partir de la baja.

4. Acta de defunción del cónyuge o su acta de divorcio en caso de haber registrado como tal a otra persona anteriormente.

5. Contar con la resolución de ayuda de gastos por matrimonio emitida por el IMSS.

finanzaspersonales@eleconomista.com.mx

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