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Activista económico (XII). La corrupción
En artículos anteriores he señalado que para que una economía entre en una senda de desarrollo económico sostenido, con niveles crecientes de bienestar de la población, es condición indispensable que exista un íntegro Estado de Derecho, cuyos elementos primordiales son los derechos privados de propiedad eficientemente definidos, protegidos y garantizados; mercados que operen en condiciones de competencia, un diseño tributario que no sólo provea al gobierno de una fuente de ingresos estructuralmente sólida y suficiente para financiar sus obligaciones, derivadas de las funciones legítimas que le corresponden, sino que además los incentivos que de éste se deriven estén alineados con el objetivo de crecimiento económico. Al respecto de esto último, es importante señalar que los impuestos tienen que ser legítimos y de ahí se deriva que el impuesto inflacionario no lo sea por ser uno de carácter expropiatorio y que atenta, en consecuencia, en contra de los derechos privados de propiedad.
Otro impuesto que tampoco es legítimo, uno que acarrea un significativo costo en bienestar, uno que inhibe el crecimiento y desarrollo económico es la corrupción, un juego de suma negativo. Normalmente se define como corrupción el uso del poder público para obtener un beneficio personal (aunque esto no excluye que en el ámbito puramente privado no existan actos de corrupción). Hay varios tipos de corrupción, todos con una extracción de rentas por parte de empleados públicos, todos con un costo social.
El primero es el que podemos denominar como corrupción al menudeo . Ejemplos son las mordidas para evadir una multa, la clausura de un establecimiento (aunque sea injustificable), pagar menos impuestos, evadir una regulación ambiental, etcétera. También aquí caben pagos a un empleado público para ser conectado a una red (como electricidad o agua potable), pagos para ser provisto de un servicio público (por ejemplo, recoger la basura o alumbrado) y muchos ejemplos más. No se trata de un juego de suma cero, ya que los recursos destinados a hacer este tipo de pagos tienen un costo de oportunidad, además de ser notoriamente regresivo.
El segundo tipo es el que se deriva de una regulación ineficiente, excesiva y poco transparente. Pagos por obtener una licencia o permiso o para acelerar un trámite son los ejemplos más comunes. Aquí, el burócrata que administra tal o cual regulación, tiene todo el incentivo y poder para actuar como extractor de rentas.
El tercero es el que está ligado a la procuración e impartición de justicia. Pagos a policías, fiscales, jueces y empleados de los juzgados claramente atentan contra los derechos privados de propiedad y minan la razón primaria que justifica la existencia del gobierno: proteger y garantizar, imparcialmente, los derechos de propiedad.
Un cuarto tipo, lo constituye la desviación de recursos públicos para fines distintos a los que originalmente fueron destinados para obtener un beneficio personal, pagando a empresas fantasmas por bienes o servicios que en muchos casos no fueron provistos.
Finalmente, un quinto tipo es el que se deriva de las adjudicaciones de obras públicas o de adquisiciones públicas. Adjudicaciones directas y concursos amañados son parte esencial de un sistema caracterizado por favoritismos, un capitalismo de compadrazgo , uno en donde quienes adjudican los contratos obtienen una renta. El costo es obvio: presupuestos inflados, menor calidad de las obras, restricciones a la competencia, mayores precios para los consumidores, etcétera.
El que un país esté bajo un manto de corrupción cuesta, y mucho: menor desarrollo económico, mayor pobreza y mayor inequidad. La evidencia internacional al respecto es abrumadora e incontrovertible.