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Opinión

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Cuidado: doble remolque circulando

El número y frecuencia de los accidentes viales en los que se han visto involucrados vehículos de transporte de doble remolque han aumentado considerablemente en nuestro país, ello le ha costado la vida a muchas personas.

El número y frecuencia de los accidentes viales en los que se han visto involucrados vehículos de transporte de doble remolque han aumentado considerablemente en nuestro país, ello le ha costado la vida a muchas personas. Por mencionar uno de los casos que mayor cobertura tuvo, el jueves 13 de abril pasado, en la Autopista Siglo XXI, en La Unión, Guerrero, un autobús de pasajeros y una pipa de combustible de doble remolque chocaron, en ese percance perdieron la vida 29 personas. Casos como el anterior dieron lugar a que un grupo de personas y asociaciones alzara la voz sobre el tema y pidiera que se prohibiera la circulación de este tipo de vehículos, lo que logró posicionar el tema en la agenda pública.

En octubre del año pasado, se llevó a cabo un foro en el Senado en el que hubo pronunciamientos en contra y a favor de la circulación de este tipo de vehículos. Podríamos resumir las posturas entre los que abogan por la restricción y privilegian la seguridad al transitar en las carreteras y aquellos que consideran el impacto económico que podría significar el prohibir la circulación de este tipo de vehículos.

En relación con lo anterior, vale la pena destacar la oportunidad que ahora tiene la sociedad para participar activamente ya no sólo en foros, sino en la regulación sobre la circulación de los vehículos de doble remolque. Ello, a propósito de la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, el pasado miércoles 7 de junio, del Proyecto de NOM-012-SCT-2-2017, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdiccional federal .

Llama la atención de este proyecto de norma el énfasis en el uso de las nuevas tecnologías, como el sistema de localización GPS y la limitación en la velocidad permitida por la computadora de viaje, así como la facultad para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes emita medidas de seguridad para la circulación en los días de mayor afluencia vehicular. Sin embargo, no se está limitando el peso y dimensión de los vehículos de carga que transitan diariamente por las vías de nuestro país. En todo caso, esto será materia de análisis y discusión.

La Ley Federal de Meteorología y Normalización establece, en su artículo 51, que las normas oficiales deben ser revisadas cada cinco años a partir de su entrada en vigor. La norma vigente que regula este tema se emitió en el año 2014, por lo que en principio tendría que haber sido revisada hasta el año 2019. Sin embargo, debido al eco que estos trágicos sucesos generaron en la sociedad civil y en la sensibilidad de algunos órganos públicos, se está revisando el tema de manera adelantada.

Corresponderá ahora a los miembros de la sociedad civil y a los especialistas emitir una opinión, pues la oportunidad de incidir en este sensible tema estará abierta a la sociedad hasta el 6 de agosto, fecha en que vence el plazo para realizar comentarios u observaciones. Los miembros de la sociedad civil lograron posicionar el tema en la agenda; no obstante, es ahora cuando deben pronunciarse en relación con el contenido material de la norma propuesta, ver si las condiciones de seguridad propuestas a partir del uso de tecnologías y la posibilidad de que puedan emitirse medidas de seguridad para circular los días de mayor afluencia vehicular son suficientes, o si resulta indispensable, en aras de privilegiar la seguridad, limitar el peso y las dimensiones de estos vehículos. El esfuerzo empeñado en la divulgación y generación de foros debería ahora verse reflejado en la participación en esta instancia. Ojalá y se aproveche esta oportunidad para incidir en ese sensible tema.

@gaboglezsantos

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