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Alertan sobre efectos de revocación de mandato
La autoridad electoral local no participó en la consulta sobre la permanencia de un delegado, porque aún no entra en vigor esa figura en la capital.
La revocación de mandato se ha presentado como una solución para otorgar empoderamiento a la ciudadanía; sin embargo, en caso de ser propuesta y analizada después de las elecciones del 2018, debe quedar claro que es un instrumento que lleva distintas consecuencias, alertaron expertos.
El catedrático en Derecho y Ciencias Sociales del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), Horacio Vives Segl, dijo que actualmente los gobernadores, presidentes municipales e incluso el presidente de la República son elegidos con un porcentaje de votación muy bajo, por lo tanto son débiles en sus gobiernos y eventualmente la figura de revocación de mandato lo agudizaría.
Es muy fácil que esos (malos) resultados puedan generar un clima (... ) para tratar de tirar a funcionarios, entonces se debe pensar que la revocación de mandato terminaría con generar un problema mayor del que se quiere evitar, es decir, ciertamente no tenemos que aguantar a un mal funcionario tres años o seis años, (...) pero ante la presión de que serán evaluados por su desempeño su administración estaría interrumpida en su agenda de trabajo .
El pasado 18 de junio, en la delegación Cuauhtémoc se promovió una consulta ciudadana para evaluar el desempeño del jefe delegacional Ricardo Monreal Ávila, con la intención de removerlo; sin embargo, este ejercicio no fue evaluado por el órgano electoral local, por lo que no tuvo validez jurídica.
Las consultas populares lo hemos visto en anteriores elecciones, en ese sentido son mecanismos más o menos parecidos a la revocación de mandato, que no tienen validez ante los OPLE locales, no hay una manera de hacer valer esas consultas, no están en la ley, pero le dan un empoderamiento a la sociedad de decidir , aclaró el experto del ITAM.
Cabe señalar que la Constitución de la Ciudad de México (en su artículo 25, inciso G y H) es la única que incorpora esta acción, pero un vez que el jefe de Gobierno cumpla la mitad de su mandato y cuando al menos 40% del electorado correspondiente lo solicite y 60% de los votantes se pronuncie por retirar al servidor público. Actualmente, dicha norma está impugnada por la Procuraduría General de la República ante la Suprema Corte.
Vives Segl señaló que una iniciativa de ese modo debe estar pensada después de las elecciones federales, es muy difícil que esto ocurra igual que la segunda vuelta electoral .
En tanto, el abogado constitucionalista de la UNAM, Rodrigo Moreno González, explicó que el artículo 86 de la Constitución mexicana menciona que el presidente de la República puede dejar el cargo sólo por causa grave , pero al no haber una definición exacta lo hace ambiguo.
Las leyes decretan que en casos extremos se puede hacer la solicitud por medio de ambas cámaras. La situación es que no hay un procedimiento o un instructivo de cómo se puede realizar, no hay referéndum o plebiscito para revocar el mandato de un funcionario por medio del voto de la ciudadanía. (...) Por el momento la revocación no es tan sencilla como parece. En México sólo puede ocurrir bajo dos supuestos: que el presidente renuncie o que sea culpable de traición a la patria .