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Política

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Anulados en tres ocasiones, comicios para gobernador

Desde 1996 y hasta la fecha, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha declarado la nulidad de las elecciones ordinarias de gobernador en tres ocasiones.

Desde 1996 y hasta la fecha, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha declarado la nulidad de las elecciones ordinarias de gobernador en tres ocasiones.

En el año 2000, el máximo tribunal del país en materia electoral ordenó repetir los comicios de gobernador en Tabasco; la misma sentencia aplicó ya dos veces en Colima: en el 2003 y el 2015.

Los candidatos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el tabasqueño Manuel Andrade Díaz y los colimenses Gustavo Alberto Vázquez Montes y José Ignacio Peralta Sánchez, cuyas victorias fueron impugnadas por la oposición en su momento, refrendaron sus triunfos en los correspondientes comicios extraordinarios que se realizaron en dichas entidades federativas en acatamiento de los fallos de los magistrados electorales federales.

Por primera vez en México, el TEPJF revirtió la decisión de los órganos electorales de Tabasco, revocando la constancia de mayoría expedida al priista Andrade Díaz tras los comicios del 15 de octubre del 2000.

El expediente de aquella resolución del máximo tribunal, que consta de 900 cuartillas y en el que consignan a detalle los pormenores de la polémica elección, precisa que, a través de su recurso de inconformidad interpuesto, el PRD impugnó la votación en 682 casillas con el argumento de que en los consejos distritales se abrieron de manera ilegal los paquetes electorales.

Por su parte, el PAN impugnó la votación de 1,397 casillas, sumándose así a la demanda perredista.

El fallo inatacable, aplicado mediante la nulidad de elección por causa abstracta , consistió en declarar que en Tabasco se violaron principios constitucionales.

Derivado de dicha resolución, en el 2007 se adicionó el artículo 99 de la Constitución, vigente, que precisa: Las salas Superior y Regionales del Tribunal sólo podrán declarar la nulidad de una elección por las causales que expresamente se establezcan en las leyes .

En octubre del 2003, tres meses después de los comicios en Colima, la sala superior del TEPJF consideró fundados los argumentos que, por la vía legal, promovieron PAN y PRD y procedió a decretar la nulidad de elección de gobernador.

Doce años después, en octubre del 2015, los magistrados electorales federales declararon, por segunda ocasión en aquel estado, la nulidad de las elecciones de gobernador en que triunfó el priista Peralta Sánchez.

En ambos casos la principal denuncia de la oposición y que condujo a repetir las votaciones fue la intervención indebida en los comicios de los entonces gobernadores Fernando Moreno Peña y Mario Anguiano para favorecer a los candidatos del PRI.

Tras repetirse la elección de hace dos años, Jorge Luis Preciado, candidato del PAN a gobernador de Colima, fue nuevamente derrotado en las urnas y por un margen más amplio de votos que la primera vez.

rramos@eleconomista.com.mx

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