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Avalan prisión domiciliaria para menores
El pleno resolvió que adolescentes mayores de 14 años y menores de 18, que cometan delitos graves, podrán ser sometidos a dicha medida cautelar.
Sólo en casos excepcionales y bajo el criterio de impartidores de justicia, adolescentes mayores de 14 años y menores de 18, que cometan delitos graves podrán ser sometidos a la medida cautelar de internamiento domiciliario, que no deberá superar un periodo de 12 meses, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Al continuar el análisis de un recurso interpuesto por la CNDH contra apartados de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, los ministros, con seis votos a favor, estimaron que dicha medida no contraviene la Constitución cuando los menores de edad cometan o participen en delitos de secuestro, trata de personas, terrorismo, narcotráfico, posesión, portación, importación y acopio de armas de fuego, homicidio doloso, feminicidio, violación, robo y lesiones dolosas.
La medida cautelar, estimaron los integrantes del pleno del máximo tribunal de justicia del país y que votaron a favor, deberá cumplirse en el domicilio familiar. De no ser posible, será en el hogar de otro familiar o de lo contrario corresponderá decidir dónde a una autoridad que esté debidamente acreditada.
Los ministros estimaron que la autoridad habrá de realizar estudios con la finalidad de contar con elementos qué ofrecer al juez respecto de si los familiares del menor sujeto al internamiento domiciliario pueden aplicar esa norma o si puede ser contraproducente, acción que, según lo expuesto en el marco normativo, no podrá superar un año.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) argumentó en su acción de inconstitucionalidad que el artículo 119, fracción XI de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, al prever la figura de resguardo domiciliario se traducía en una limitación a la libertad personal y de tránsito, una transgresión de las formalidades esenciales del procedimiento, así como al principio de presunción de inocencia, basados en la Constitución.
El lunes, el pleno resolvió que los menores de edad, a partir de 14 años, que sean detenidos por delitos graves, podrán ser sujetos a prisión preventiva hasta por cinco meses.