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Avanzan en Congreso cambios sobre justicia cotidiana
En una sesión que duró cerca de ocho horas, el pleno del Senado de la República aprobó un paquete de reformas constitucionales en materia de autonomía de organismos electorales locales (OPL) y justicia cotidiana.
En una sesión que duró cerca de ocho horas, el pleno del Senado de la República aprobó un paquete de reformas constitucionales en materia de autonomía de organismos electorales locales (OPL) y justicia cotidiana.
De cara la conclusión del periodo ordinario de sesiones el próximo jueves 15 de diciembre, con 90 votos a favor y seis en contra, la Cámara Alta avaló la reforma a los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia cotidiana; solución de fondo del conflicto y competencia legislativa sobre procedimientos civiles y familiares.
El dictamen enviado a la Cámara de Diputados establece que en los juicios y procedimientos, seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido.
La reforma además precisa que siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.
Las modificaciones al marco legal facultan, por otro lado, al Congreso para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar; así como en el caso de las leyes que sean necesarias, a fin de hacer efectivas las facultades anteriores.
En la misma sesión de pleno, los congresistas aprobaron por mayoría de 88 votos a favor y cinco en contra una reforma al Artículo 116 de la Constitución Política para fortalecer la independencia y autonomía de los organismos electorales locales.
El dictamen, enviado también al recinto legislativo de San Lázaro, plantea que con base en las disposiciones en materia de responsabilidad hacendaria, las legislaturas locales garanticen la suficiencia presupuestal, a fin de permitirles el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias.
Dispone a su vez que las autoridades electorales jurisdiccionales conozcan y resuelvan de los conflictos o diferencias laborales que surjan con sus servidores públicos, así como de los que se presenten entre los órganos públicos electorales locales y sus trabajadores.