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Política

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CAMe mantiene la contingencia ambiental: ¿Qué autos no circularán este viernes 10 de mayo?

La CAMe explicó que el pronóstico meteorológico estima para este viernes las condiciones favorecerán la formación de ozono ante la persistencia del sistema de alta presión en la región centro del país.

Foto EE: Archivo

Foto EE: Archivo

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) determinó la noche de este jueves mantener la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por altos niveles de ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, por lo que este viernes 10 de mayo se implementará el Doble Hoy No Circula.

"Se registraron concentraciones máximas de ozono de  168, 165 y 160 ppb en las estaciones de monitoreo de Pedregal, Centro de Ciencias de la Atmósfera y Benito Juárez respectivamente y hasta las 18:00 horas", reportó el organismo.

La CAMe explicó que el pronóstico meteorológico estima para este viernes que las condiciones favorecerán la formación de ozono ante la "persistencia del sistema de alta presión en la región centro del país", lo que originará cielo despejado, alta radiación solar, estabilidad atmosférica y viento débil.

¿Qué autos no circularán el viernes 10 de mayo?

La CAMe detalló que los automóviles que no circularán este 10 de mayo son los siguientes:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 9 y 0.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado azul, terminación de placa 9 y 0.
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Estado de México.

Vehículos exentos

Los vehículos que sí podrán circular este viernes son:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso excepto los vehículos con engomado color azul, terminación de placa 9 y 0.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas LP).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

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