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Política

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Entre advertencias avanza reglamento derecho de réplica

Senadores perredistas consideraron que el dictamen tiene omisiones y contradicciones que podrían limitar el tema a favor de los medios.

Por mayoría, las comisiones del Senado aprobaron la ley reglamentaria del Artículo 6° constitucional en materia de derecho de réplica, la cual avala que toda persona puede aclarar información difundida en un medio de comunicación, siempre y cuando los datos o imágenes sean inexactos o falsos y cuya divulgación le cause al referido un agravio ya sea político, económico, en su honor, en su vida privada o en su imagen.

El dictamen precisa los tiempos que tiene tanto el ofendido como el medio para concretar el derecho y abre la puerta a procedimientos judiciales para el tema. Los sujetos obligados que no difundan la réplica serán sancionados con multas de 500 a 5,000 días de salario mínimo y con 5,000 a 10,000 días si se niegan a cumplir la sentencia.

Senadores del PRD advirtieron que el dictamen que será turnado al pleno de la Cámara tiene contradicciones y omisiones que podrían limitar, restringir, burocratizar y judicializar el tema a favor de los medios de comunicación, pero cada argumento fue refutado por el PRI y el PVEM.

Dolores Padierna (PRD) ejemplificó: Si la difamación (...) ocurre un día antes del cierre de campañas, un día antes de la elección, ¿de qué manera voy a defender que ese hecho falso, inexacto, agraviante que ataca a un partido político, precandidato o candidato es falso? No se puede, no hay acceso a la justicia .

Los priístas Cristina Díaz y Enrique Burgos expresaron que la réplica no aplica al proceso electoral siguiente. Díaz Salazar argumentó que las autoridades le deben dar prioridad al tema y en caso de ser necesario deberán instaurar el Procedimiento Especial Sancionador.

Alejandro Encinas, del PRD, refirió que el derecho que se establece como gratuito no abarca las gacetillas, las inserciones pagadas ni los infomerciales, pues el agravado tendrá que contratar, con el mismo espacio y con el mismo costo, el espacio para ejercer su derecho, lo cual está generando de manera disfrazada un nuevo mercado en los medios de comunicación .

Al respecto contestó el coordinador del PVEM, Carlos Alberto Puente, quien precisó que el dictamen incluye que el medio de comunicación podrá repetir el costo de los gastos originados por la publicación de la réplica a quien haya ordenado en ese caso la inserción .

El panista Javier Corral opinó que el mensaje que se manda es de debilidad frente a los poderes fácticos que se han impuesto sobre la Constitución.

LO QUE CONTIENE LA LEY:

  • Toda persona tiene el derecho de aclarar información difundida en los medios de comunicación, las agencias de noticias y los productores independientes, siempre y cuando los datos o imágenes sean inexactos o falsos y cuya divulgación le cause al referido.
  • Este derecho también lo podrán ejercer partidos políticos y los familiares hasta el segundo grado de alguna persona fallecida a la que cite el medio.
  • Los sujetos obligados que no difundan la réplica serán sancionados con multas de 500 a 5,000 días de salario mínimo.
  • En caso de que un juez considere procedente la publicación o difusión de la aclaración y el sujeto obligado se niegue a cumplir la sentencia o lo haga fuera del plazo establecido, será sancionado con multa de 5,000 a 10,000 días de salario mínimo.
  • El sujeto obligado tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para resolver la procedencia de solicitud de réplica. Habrá un procedimiento judicial que se podrá iniciar a petición de parte si el sujeto obligado negó el derecho al solicitante.

tania.rosas@eleconomista.mx

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