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Política

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Ley de fiscalización y rendición de cuentas fortalecerá a la ASF

La ley cuya llegada al pleno se prevé también mañana es parte de las reformas secundarias pendientes que formarán parte del nuevo SNA.

La nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación que el Congreso de la Unión prevé aprobar este periodo extraordinario de sesiones dispondría que los servidores públicos, así como cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos federales o participaciones federales, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

Como parte de las reformas secundarias pendientes que formarán parte del nuevo Sistema Nacional Anticorrupción, el dictamen, que aprobaría la Comisión de Transparencia y Anticorrupción con la intención de someterlo mañana mismo a la discusión y votación del pleno cameral, establece que de no proporcionar la información solicitada, los responsables serán sancionados conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y, en su caso, a la legislación penal aplicable.

Cuando esta ley no prevea plazo, la ASF podrá fijarlo y no será inferior a 10 días hábiles ni mayor a 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la notificación correspondiente , precisa el documento.

Las personas referidas deberán acompañar la información solicitada, los anexos, estudios soporte, memorias de cálculo y demás documentación soporte relacionada con la solicitud del máximo ente fiscalizador del país.

La ASF podrá imponer multa mínima de 650 a una máxima de 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a los servidores públicos y personas físicas que no atiendan sus requerimientos.

En el caso de las personas morales, públicas o privadas, la multa consistirá en un mínimo de 650 a 10,000 veces el valor diario de la UMA , precisa la nueva ley.

Las multas impuestas serán independientes de las sanciones administrativas y penales que se apliquen por la negativa a entregar información a la ASF, así como por los actos de simulación que se presenten para entorpecer y obstaculizar la actividad fiscalizadora o la entrega de información falsa.

Como consecuencia de la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción, la ASF tendrá la facultad de fiscalizar, de manera directa o en coordinación con las entidades de fiscalización locales, las participaciones federales transferidas a las entidades federativas y los municipios.

rramos@eleconomista.com.mx

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