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Política

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Los 5 ejes principales de la reforma al Poder Judicial que impulsa Morena

Una vez iniciada la LXVI legislatura el 1 de septiembre, las bancadas del oficialismo activaron el proceso de discusión del dictamen de reforma judicial impulsado por el presidente López Obrador que modifica 18 artículos de la Carta Magna y que implica, entre otros cambios, la elección directa de jueces, magistrados y ministros.

Ilustración EE: Nayelly Tenorio

Ilustración EE: Nayelly Tenorio

“El pueblo está harto de la dictadura, del birrete y de la toga. El pueblo está harto de la cleptocracia, el pueblo está harto de la corrupción, del nepotismo, del tráfico de influencias, del conflicto de intereses en el Poder Judicial, por eso respalda esta reforma y nosotros no vamos a titubear, vamos a ir a fondo con ésta y las 20 reformas constitucionales”, expresó Ricardo Monreal, líder de los diputados de Morena.

Sus declaraciones fueron parte de la discusión que inició la tarde del 3 de septiembre en la sede alterna de la Cámara de Diputados para votar una reforma a 18 artículos de la Constitución para modificar de fondo el funcionamiento e integración del Poder Judicial de la Federación. El proyecto forma parte del denominado Plan C impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

“La reforma no debilita al Poder Judicial ni merma su autonomía e independencia, sino que la fortalece a través de la legitimidad emanada del poder popular, cerrando la brecha sistémica que se había creado entre dicho poder y la sociedad, y restituyendo la confianza ciudadana en las instituciones y funcionarios judiciales que, lamentablemente, han caído en el desprestigio debido a los abusos y excesos de ciertas personas que se han resistido a entender la dimensión de la transformación que vive México y a confiar en la madurez política y la sabiduría de nuestro pueblo”, expresa el Primer Mandatario en el proyecto.

La reforma ha sido objeto de críticas parte de abogados, académicas, especialistas, asociaciones civiles, organismos empresariales y los principales socios comerciales de México: Estados Unidos y Canadá, sin embargo, las bancadas de la coalición oficialista: Morena, PT y PVEM mantuvieron el proceso legislativo y aprobaron la reforma en la madrugada del miércoles 4 de septiembre.

El Senado de la República recibió la minuta, la cual se espera que sea discutida en el pleno cameral el miércoles 11 de septiembre. Sin embargo, en dicho cuerpo legislativo, el oficialismo tiene sólo 85 votos, uno menos que la mayoría calificada requerida para modificar la Carta Magna, por lo que todavía el panorama es incierto.

De acuerdo con lo expresado por el presidente de la Cámara Alta, Gerardo Fernández Noroña (PT), sí cuentan con los votos necesarios para aprobar los cambios, lo que implicaría que la reforma pasaría el trámite en su revisión senatorial.

Claves de la reforma al Poder Judicial

¿Qué cambios contempla el proyecto impulsado por el presidente López Obrador? A continuación, sus cinco ejes principales:

» 1. Reducción de la Corte

Se reduce de 11 a nueve el número de ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La duración de su encargo será de 12 años, tres años menos que la fórmula actual.

En tanto, se eliminan las dos salas en las que está dividida actualmente para dejar su operación sólo en sesiones plenarias, las cuales serán públicas; con esto se elimina la posibilidad actual de realizar sesiones secretas. En tanto, se propone que para aprobar sentencias sean necesarios seis votos.

En materia de salarios, se establece específicamente que las remuneraciones de los ministros y ministras de la Corte y los diferentes jueces no podrá ser mayor a lo percibido por la persona que ocupe la Presidencia de la República. Además, se elimina la posibilidad de que obtengan una pensión vitalicia tras concluir su encargo.

» 2. Ministros, jueces y magistrados, a las urnas

Una de las propuestas más polémicas es cambiar el mecanismo de elección de los representantes del Poder Judicial, para que éstos, principalmente ministros, magistrados y jueces de distrito, sean elegidos por la ciudadanía. Se trata de cerca de 2,000 cargos que ería definidos en las urnas.

Para ellos, estas elecciones se realizarían cada tres años, de manera concurrente con las elecciones federales ya sea para elección presidencial o de renovación de la Cámara de Diputados. Las y los candidatos a dichos cargos serán propuestos en partes iguales por la Presidencia de la República, el Congreso de la Unión y el Poder Judicial.  

La primera elección se realizaría en el año 2025 y los actuales ministros, magistrados y jueces permanecerían en su encargo hasta el momento en que asuman sus sucesores. Y podrán participar quienes actualmente están en dichos cargos.

En el caso del primer ejercicio bajo esta figura, se contempla un periodo escalonado de duración del encargo de los ministros electos para los años 2033 y 2036, de manera que en cada elección posterior a esas fechas se renueven sólo tres posiciones.

» 3. Dos órganos regulatorios

Con la reforma desaparece el Consejo de la Judicatura Federal para dar paso a dos nuevos órganos, uno para administrar el sistema en su conjunto, incluyendo la Escuela de Formación Judicial y el Instituto Federal de la Defensoría Pública, y un Tribunal de Disciplina Judicial. Ambos supervisarían también a la SCJN.

En tanto, se abre la posibilidad de que cualquier persona o autoridad pueda presentar denuncias contra los ministros, los magistrados, los jueces y el personal del Poder Judicial en su totalidad.

» 4. Plazos para la resolución de conflictos

Se regulan los tiempos en los que el sistema judicial resuelve los casos, Para ello, se establece que las controversias en materia civil o fiscal deben ser resueltas en un periodo máximo de seis meses, y de un año para casos penales. En caso de que no se logre una sentencia en dicho plazo, el Tribunal de Disciplina tendrá que investigar el porqué de la demora y ordenar algún procedimiento o sanción.

Además, se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.

“La presente reforma propone vincular a las autoridades responsables de impartir justicia a emitir sus resoluciones de manera fundada y motivada en un periodo de tiempo razonable, satisfaciendo los principios inherentes al derecho de acceso a una justicia pronta y expedita”, se establece en el dictamen.

» 5. Sistema replicado en todo el país

Se establece que las entidades federativas tendrán que reformar su legislación local para “garantizar la independencia de los magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones, así como su elección por voto directo y secreto de la ciudadanía”, además de la creación de órganos independientes para su administración y disciplina.

El plazo para que los estados realicen estos cambios será de 180 días una vez que la reforma sea promulgada. Y se especifica que la renovación total de la estructura judicial local debe realizarse a más tardar en el año 2027.

Periodista. Actualmente es el editor de El Economista online. Entre 2019 y 2023 coordinó Capital Humano en sus versiones en línea e impresa. Tiene una especialización en periodismo de finanzas y negocios, y en periodismo de datos.

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