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Política

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México carece de defensores de oficio de calidad

El nuevo sistema incrementará el número de asuntos, según la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema Penal.

La defensoría pública en el país está desarticulada y no garantiza a los inculpados el derecho constitucional de contar con un defensor legal de calidad en caso de no tener los recursos para contratar a un particular; tampoco hay recursos para ello ni reglas para que los abogados de oficio se comprometan con la causa de su defendido social, opinó el catedrático Samuel González Ruiz.

En ese escenario, la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, dependiente de la Secretaría de Gobernación, aprobó un acuerdo para elaborar un plan específico para fortalecer a las defensorías públicas, basado en un diagnóstico actualizado de éstas en toda la República, el cual elaborará junto con las asociaciones u organismos representativos de la defensoría pública.

Y es que en el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, la defensoría pública incrementará considerablemente el número de asuntos que debe atender, y en tal virtud las entidades federativas deben estar fortalecidas con la infraestructura necesaria para prestar el servicio de orientación, asesoría y representación a las personas que lo soliciten.

Para llevar a cabo la debida implementación del Sistema de Justicia Penal, la defensa pública en las entidades federativas se debe caracterizar por proporcionar una defensa penal de calidad, profesional, eficaz y eficiente a las personas que carezcan de abogado por cualquier circunstancia , reconoce el acuerdo del Consejo de Coordinación.

En ese marco, consultado, el doctor en derecho y experto en justicia penal, Samuel González Ruiz, alertó que las defensorías públicas en el país prácticamente no existen.

Hay pocas defensorías públicas en el país, que están realmente (operando). La reforma del Artículo 17 de la Constitución establecía de manera contundente que debía haber una defensoría pública de calidad, pero es un asunto que no se ha cumplido. No hay ni siquiera leyes orgánicas que hablen de las características que deben tener la defensoría pública de calidad. En consecuencia, vamos muy retrasados en las defensorías públicas , precisó.

El experto jurídico recordó que en el 2009 fue aprobada en la Cámara de Diputados un dictamen de la Ley de Defensoría Púbica Federal, pero no fue turnada al Senado.

Es un asunto muy complicado, porque ni siquiera han pensado en las leyes que los regulen. Primero tienen que elaborarse las leyes de defensoría pública de calidad, conforme al Artículo 17, luego hay que dotarlas de recursos , dijo.

Comentó que a la par de reactivar a las defensorías, se debe capacitar al personal para que se comprometan con el Artículo 17 constitucional de proveer una defensoría de calidad.

La Constitución establece que debe haber una defensoría pública de calidad, y no hay prácticamente ninguna en el país que cumpla con este requisito que menciona la Constitución en el Artículo 17, a pesar de que es obligatorio desde el 2009 , comentó.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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