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Política

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Morena presenta iniciativa para ampliar el delito de feminicidio a menores de 12 años

La propuesta consiste en establecer que cuando se trate de mujeres menores de doce años, no se requerirá acreditar que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; que se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; o que existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

Foto EE: Archivo

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El grupo parlamentario de Morena en el Senado promueve reformar el Código Penal Federal para establecer que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer menor de doce años y alcanzará una sanción de hasta 90 años de prisión.

En la exposición de motivos, la iniciativa de la autoría de Ricardo Monreal Ávila, coordinador del grupo parlamentario morenista en el Senado, refiere que urge legislar en la materia dada la gravedad que reviste el delito de feminicidio tanto para las víctimas directas como para sus familiares y la sociedad en su conjunto.

La propuesta consiste en establecer que cuando se trate de mujeres menores de doce años, no se requerirá acreditar que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; que se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; o que existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

Tampoco, que haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida, o el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Actualmente, es indispensable acreditar cualquiera de dichas circunstancias para considerar la comisión del delito de feminicidio, que implica privar de la vida a una mujer por razones de género.

El artículo 325 vigente del Código Penal Federal prevé que a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa; de aprobarse la iniciativa de Morena establecería que se podrá incrementar dicha pena hasta en una mitad cuando se trate de mujeres menores de doce años.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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