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Penas más duras a ebrios que a traficantes de armas
Propone elevar la pena de 10 a 100 días multa, por 180 a 360 días de multa a quienes posean, sin licencia de la Secretaría de la Defensa Nacional, armas, cartuchos o municiones en lugar no autorizado.
Por considerar que un mexicano puede recibir una mayor sanción por manejar en estado de ebriedad que traficar y usar armas prohibidas, el PRI en el Senado presentó ayer una iniciativa para endurecer las sanciones en contra de narcotraficantes y criminales en posesión ilegal, uso o tráfico de armas exclusivas del Ejército.
El senador Renan Cleominio Zoreda (PRI) ejemplificó que el artículo 200 del Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales prevé 20 días de multa al que transite en el carril de extrema izquierda en una vía de tres carriles y diferentes programas estatales de alcoholímetros imponen altas multas que varían en las diferentes entidades de acuerdo con el grado etílico de los conductores, pero que oscilan entre los 3,000 y 6,000 pesos, mayor a las sanciones por tráfico de armas.
En su iniciativa, turnada a comisiones, propone elevar la pena de 10 a 100 días multa, por 180 a 360 días de multa a quienes posean, sin licencia de la Secretaría de la Defensa Nacional, armas, cartuchos o municiones en lugar no autorizado.
Eleva la pena de 10 días multa por 50 y hasta 100 días a quien se le recoja el arma y no lleve el interesado la licencia. Incrementa la pena de 10 días, por 50 a 100 días al funcionario que no informe de inmediato a su superior, así como a las demás autoridades del aseguramiento de un arma.
En relación con la pena impuesta a quienes transmitan la propiedad de un arma sin el permiso correspondiente, eleva la pena establecida de 100 a 500 días multa por una mayor de 180 a 720 días multa.
A quien sin el permiso posea un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, eleva las multas de uno a 10 días multa, por 50 a 180 días multa.