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Postergan en el Senado discusión sobre la marihuana
Se prevé que los senadores pidan una nueva prórroga de tiempo a la Suprema Corte para analizar el uso del enervante.
Será hasta el siguiente periodo de sesiones ordinarias, que iniciará en septiembre, cuando el Senado de la República apruebe la minuta que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y reforma la Ley General de Salud y el Código Penal Federal.
Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política (JCP) y coordinador del grupo parlamentario de Morena en la Cámara Alta, explicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no tiene facultad para sancionar al Congreso de la Unión en caso de que no dé tiempo a sus integrantes de acatar, antes del próximo día 30, la jurisprudencia del máximo tribunal del país que mandata despenalizar el uso lúdico de la marihuana.
La fracción XVI del artículo 107 constitucional establece que “si la autoridad incumple la sentencia que concedió el amparo, pero dicho incumplimiento es justificado”, la Corte, de acuerdo con el procedimiento previsto por la Ley de Amparo “otorgará un plazo razonable para que proceda a su cumplimiento, plazo que podrá ampliarse a solicitud de la autoridad”.
“Cuando sea injustificado o hubiera transcurrido el plazo sin que se hubiese cumplido, procederá a separar de su cargo al titular de la autoridad responsable y a consignarlo ante el Juez de Distrito”, precisa.
De acuerdo con el artículo 232 de la Ley de Amparo: “Cuando el pleno o las salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los juicios de amparo indirecto en revisión, establezcan jurisprudencia por reiteración, en la cual se determine la inconstitucionalidad de la misma norma general, se procederá a la notificación a que se refiere el tercer párrafo de la fracción II del artículo 107 de la Constitución”.
El párrafo referido prevé: “Cuando los órganos del Poder Judicial de la Federación establezcan jurisprudencia por reiteración en la cual se determine la inconstitucionalidad de una norma general”, la Corte “lo notificará a la autoridad emisora. Transcurrido el plazo de 90 días naturales sin que se supere el problema de inconstitucionalidad”, la Corte “emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de la ley reglamentaria”.
Se prevé que el Senado solicite a la Corte otorgar un nuevo plazo para cumplir la jurisprudencia referida, antes del próximo día 30; senadores y diputados federales llevan casi tres años sin poder reformar cinco artículos de la Ley General de Salud, en cumplimiento del fallo del máximo tribunal.