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Proponen candado para las cuotas de militantes
Los partidos sólo podrán recibir aportaciones, en dinero o en especie, de personas físicas y éstas tendrán un límite anual equivalente a 0.05% del monto total del tope de gasto fijado para la campaña presidencial, propone la diputación del PRD.
Los partidos sólo podrán recibir aportaciones, en dinero o en especie, de personas físicas y éstas tendrán un límite anual equivalente a 0.05% del monto total del tope de gasto fijado para la campaña presidencial, propone la diputación del PRD.
De acuerdo con el proyecto de la nueva Ley General de Asociaciones Políticas, que el Congreso de la Unión deberá aprobar a más tardar el próximo 30 de abril como parte de la legislación secundaria pendiente en materia electoral, las fuerzas políticas tampoco podrían recibir anualmente aportaciones de afiliados o simpatizantes por una cantidad superior a 20% del monto establecido como tope de gastos de campaña para la contienda presidencial última.
En todo caso, la suma que cada partido político puede obtener anualmente de los recursos provenientes de las fuentes distintas al financiamiento público no pueden ser mayor al 30% anual, del monto establecido como tope de gasto de campaña para la elección presidencial inmediata anterior, cita la iniciativa perredista.
Se precisa que cada asociación política dentro de los límites de aportaciones privadas determinará libremente la periodicidad de las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus afiliados.
El financiamiento que no provenga del erario público tendrá las modalidades de cuotas de afiliados, aportaciones de simpatizantes, aportaciones de precandidatos a sus precampañas y de candidatos a sus campañas, autofinanciamiento y aportaciones indirectas, relativas a las precampañas.
Los partidos podrán establecer en bancos en México, cuentas, fondos o fideicomisos para invertir sus recursos líquidos para obtener rendimientos financieros, mismos que no estarán protegidos por el secreto bancario o fiduciario por lo que el Instituto Nacional Electoral (INE) podrá requerir en cualquier momento información de ese manejo y operaciones.
Pero no podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión para influir en las preferencias electorales, o a favor o en contra de partidos o candidatos.
rolando.ramos@eleconomista.mx