Buscar
Política

Lectura 3:00 min

Publican reglas para uso del fondo para víctimas

Ante una situación de víctimas de la violencia, se creará un fondo de emergencia que se destinará al pago de la ayuda para víctimas de delitos.

El gobierno federal dio a conocer las bases para la operación del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, que podrá utilizarse en casos de emergencia para ayuda médica, psicológica, material quirúrgico y servicios de interrupción del embarazo, entre otros, para víctimas de delitos federales y violación de derechos humanos.

Las reglas para la operación del fondo fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Establecen que cuando se presente una situación que así lo amerite y por decisión del pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se creará un fondo de emergencia como una subcuenta dentro del patrimonio del fideicomiso, por tiempo determinado, cuya cuantía dependerá de la situación presentada, el cual se destinará al pago de la ayuda para víctimas de delitos del orden federal y víctimas de violación a derechos humanos cometidas por autoridades federales.

En ese caso, se enumeran los rubros en los que se podrá realizar las aportaciones del fondo: servicios de emergencia médica; odontológica; quirúrgica, y hospitalaria, que consistirán, desde material médico quirúrgico, incluidas prótesis y demás instrumentos o aparatos, que la persona requiera para su movilidad.

Medicamentos, honorarios médicos, atención médica y psicológica, cuando se trate de lesiones, enfermedades y traumas emocionales provenientes del delito o de violación a los derechos humanos. Servicio de análisis médico, laboratorios e imágenes diagnósticas; hospitalización, transporte y ambulancia; servicios odontológicos reconstructivos como consecuencia del delito o la violación a los derechos humanos.

Servicios de anticoncepción de emergencia y de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por la ley, así como práctica de exámenes y tratamiento especializado para su recuperación, conforme al diagnóstico y tratamiento médico recomendado.

Se apoyará a las víctimas indirectas con gastos funerarios que deban cubrirse por el fallecimiento de la víctima, cuando la causa de la muerte sea homicidio.

Cuando la víctima del orden federal se encuentre en un lugar distinto al de su lugar de residencia y desee regresar al mismo, se pagarán los gastos de transporte garantizando, en todos los casos, que el medio de transporte utilizado por la víctima para su regreso sea el más seguro y el que cause menos trauma de acuerdo con sus condiciones.

Se proporcionarán becas de estudio para educación preescolar, primaria, secundaria y educación media superior, para dependientes de la víctima.

Se precisa que cuando se trate de resoluciones judiciales que determinen la compensación a la víctima a cargo del sentenciado, los recursos saldrán de la liquidación de los bienes decomisados del sentenciado; de lo contrario, el pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas determinará el monto del pago de la compensación subsidiaria a víctimas de delitos del orden federal a cargo del fondo.

jmonroy@eleconomista.com.mx

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Noticias Recomendadas

Suscríbete