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SCJN deja vigentes leyes antiaborto
Con la votación de siete ministros a favor y cuatro en contra, el máximo tribunal del país se quedó a un sólo voto para invalidar estas reformas.
A pesar de que la mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) calificaron de inconstitucional que los estados de la República fijen en sus constituciones locales la garantía de protección a la vida desde el momento de la concepción, no se alcanzaron los votos necesarios para invalidar estas normas.
El máximo tribunal del país se quedó a un sólo voto para invalidar estas reformas, al analizar la que se hizo a la Constitución de Baja California, que en su artículo Séptimo establece la prohibición del aborto, lo que fue impugnado por la Procuraduría de los Derechos Humanos y de Protección Ciudadana de esa entidad.
De acuerdo a la normatividad de la Corte, en las acciones de inconstitucionalidad son necesarios ocho votos de los once ministros, para declarar inconstitucional una norma, sin embargo en este caso, sólo siete integrantes del pleno consideró que los estados no tienen facultades para establecer la protección de garantías individuales desde sus constituciones.
Los ministros que votaron a favor de la propuesta de Fernando Franco, con algunos matices y consideraciones distintas, fueron Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Luis María Aguilar Morales, Sergio Valls Hernández, Olga Sánchez Cordero y el presidente de la SCJN, Juan Silva Meza.
En tanto, sostuvieron su posición en contra del proyecto, Margarita Luna Ramos, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Guillermo Ortiz Mayagoitia, quienes afirmaron que los estados sí pueden legislar en materia de garantías individuales, y que tienen libre configuración normativa para regular obligaciones que no prohíbe la Constitución Federal, expusieron.
De esta manera, la Corte no logró emitir una posición, pues en estos casos, la votación mayoritaria no tiene ningún efecto, mas que los criterios individuales que los ministros expongan en sus votaciones, que sirven de referencia para los mismos ponentes en posteriores asuntos.
Al cerrar la discusión, Fernando Franco, subrayó que durante la discusión "nadie ha estado por el aborto en ninguna de las veces que hemos tocado este tema", y que su proyecto reconoce la constitucionalidad del artículo Séptimo de la constitución de Baja California que garantiza el derecho a la vida.
Enfatizó que "lo que se controvierte es la competencia del estado federado para hacerlo en la forma y términos en que lo hizo", y recalcó que no se trata de la penalización o no del aborto, aunque su propuesta recoja criterios que adoptó el pleno en la acción de inconstitucionalidad respecto a la despenalización de la interrupción del embarazo en el Distrito Federal.
Dijo que su proyecto no minimiza o desconoce el valor de la vida del no nacido, ni que pueda ser considerado como cosa, o se haya hecho referencia a él en sentido peyorativo, sino que no que no tienen el reconocimiento de personas en un sentido constitucional estricto.
Al explicar sus argumentos, Arturo Zaldívar subrayó que en pleno de la Corte "todos estamos a favor de la vida, yo no he escuchado a ninguno de mis compañeros que digan que están en contra de la vida" y reconoció que el tema divide y polariza a la sociedad en todos los países, pues se mezclan ideologías, creencias religiosas e insuficiente información científica.
Aclaró que la reforma es "clara y abiertamente inconstitucional, que no se salva ni siquiera con una interpretación conforme", y recalcó que los estados son autónomos, no soberanos, por lo que tienen que respetar los mandatos que establece la Constitución Federal, que los obliga a respetar en todo momento los derechos humanos que ella contiene, así como los tratados internacionales.
Aseguró que la reforma en Baja California, "lo que hace es excluir del debate democrático la titularidad de los derechos humanos", y aseveró que "criminalizar a la mujer, sobre todo a la mujer más pobre, es profundamente injusto, inmoral e inconstitucional. Criminalizar a la mujer no soluciona los problemas, los agrava", puntualizó.
Luis María Aguilar Morales, dijo que considerar inválido que las entidades de la República puedan legislar en materia de garantías individuales, "no atenta contra el federalismo, lo refuerza", pues de acuerdo a su significado, federar significa alianza, por lo que los estados no pueden modificar preceptos que le corresponde fijar a la Carta Magna.
De esta manera, aunque la mayoría de los integrantes de la Suprema Corte hayan votado en contra de las reformas a la constitución de Baja California, en particular en su artículo Séptimo, las disposiciones quedarán vigentes en la entidad, y no se podrán hacer reformas a leyes para que en un futuro se llegue a despenalizar el aborto en la entidad.
JSO