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Política

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Tribunal niega amparo a García Luna para salir de lista de personas bloqueadas por la UIF

En 2020, García Luna promovió un juicio de amparo contra el acuerdo que solicitó la DEA para incluirlo en la Lista de Personas Bloqueadas.

Foto EE: Archivo

Foto EE: Archivo

El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó un amparo solicitado por Genaro García Luna para descongelar sus cuentas mediante su salida de la Lista de Personas Bloqueadas (LPB). 

A través de un comunicado, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) dio a conocer que la decisión fue tomada en cumplimiento de una solicitud de carácter internacional. 

La UIF informó que en 2020, García Luna promovió un juicio de amparo contra el acuerdo que solicitó la Administración de Control de Drogas (DEA, por su sigla en inglés) para incluirlo en la Lista de Personas Bloqueadas.

Según la tarjeta informativa, el acuerdo de la UIF 286/2019 incluyó al exfuncionario en dicha lista por una investigación sobre lavado de dinero; por lo que García Luna promovió un amparo ante el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México.

A consecuencia de esto, el 16 de mayo de 2022, el Juez de Distrito emitió la sentencia y dio validez a la solicitud de la DEA que después fue aportada por la Unidad de Inteligencia Financiera en el juicio de amparo.

 

Además, el juez reconoció que México “ha asumido el compromiso internacional de adoptar medidas de acción rápida y eficiente ante solicitudes extranjeras para congelar bienes relativos al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo y al financiamiento de proliferación de armas de destrucción masiva”.

 

Tras esta resolución, el extitular de Seguridad Pública durante el sexenio de Felipe Calderón interpuso un recurso que fue admitido por el Décimo Tribunal Colegiado en el amparo en revisión 288/2022.

Ante esto, la UIF formuló agravios para aportar elementos que pudieran demostrar que la sentencia se había emitido con respeto a las garantías procesales del quejoso (Genaro García Luna).

 

Finalmente, el pasado jueves 11 de mayo, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó el amparo a Genaro García pues estableció que la resolución dictada por el Juez de Distrito estuvo apegada al derecho.

El Tribunal también resolvió que la UIF sí pudo demostrar que la inclusión del exsecretario en la Lista, cumplió la obligación de carácter internacional en términos de los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

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