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Ignoran Legislativo y Ejecutivo al PJF por suspensión
Expertos afirman que Poder Judicial no está forzado a presentar lista de aspirantes.
Un juez federal instó a los Comités de Evaluación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, a suspender su trabajo en la selección de candidatos a un puesto dentro del Poder Judicial de la Federación hasta que no se resuelva de fondo un amparo; no obstante, sólo uno de los tres poderes informó que acatará la resolución.
Ayer, por unanimidad de sus cinco integrantes, el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federal decidió continuar con el proceso de selección de candidatos a ministros, magistrados y jueces que contenderán en los comicios del próximo 1 de junio, informó Arturo Zaldívar.
“El Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federal determinó, por unanimidad de votos, continuar con el proceso de elección de personas juzgadoras, en atención a lo resuelto por la Sala Superior del TEPJF.
“Por otro lado, seguimos avanzando en la revisión de los perfiles de idoneidad para la etapa de entrevistas, las cuales iniciarán este viernes 10 de enero”, cita el mensaje que el ministro en retiro e integrante del citado comité posteó en la red social X.
Por su parte, el Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal (CEPL) tampoco suspenderá el proceso de selección en marcha como le ordenó un juez federal.
“Suspender el proceso electoral 2024-2025 para elegir a ministras, ministros, magistradas, magistrados, juezas y jueces del Poder Judicial de la Federación resulta jurídicamente imposible y la suspensión dictada por el juez Sergio Santamaría Chamú es notoriamente improcedente e inatendible porque viola los derechos políticos electorales a ser votados de los aspirantes que fueron registrados en tiempo y forma”, cita el comunicado.
Ayer, la presidenta Claudia Sheinbaum, en su conferencia de prensa diaria dijo que la resolución del juez Primero de Distrito en Michoacán, Sergio Santamaría, no era procedente.
“Están violando una resolución del Tribunal, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder… —¿Cómo es?— Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. O sea, el Tribunal ya había hecho una resolución en el sentido de que esos amparos no tenían ninguna validez, porque estaban dentro del terreno electoral”, indicó.
Sin obligación de postular
El Poder Judicial de la Federación (PJF) no incurriría en violación a la Constitución si no postula candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), magistrados de Circuito y jueces de Distrito para la elección del próximo 1 de junio, ni implica riesgo alguno el que no lo haga, coincidieron los constitucionalistas de la UNAM, Alberto del Castillo del Valle y Gerardo Hurtado Montiel.
Al tratarse de elecciones, afirmó Hurtado Montiel, litigante y académico de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, “quien quiera lanzar candidatos puede hacerlo y si no quiere no hay problema”.
“No veo que haya un imperativo, que diga la Constitución que (el PJF) deba hacerlo de manera forzosa; puede decir ‘no tengo candidatos’. No dice que deberá (postular candidatos). Las palabras, los vocablos, en materia de Derecho juegan un papel muy importante. Mientras no sea impositiva la norma, la autoridad no puede estar obligada; es potestativa”, explicó.
Para Del Castillo del Valle, especialista en Derecho Constitucional y Juicio de Amparo, el Poder Judicial no violaría la Constitución, que establece la elección de juzgadores, al no postular candidatos.
“No. Precisamente porque el Poder Judicial está respetando el mandato del juez”, precisó a pregunta específica y en referencia a la determinación que tomó el pasado martes el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación de suspender el procedimiento de selección de candidatos a juzgadores, en acatamiento de una suspensión definitiva concedida por un juez federal.
Desacato
Hurtado Montiel consideró que los integrantes del Comité Evaluador del Poder Judicial actuaron conforme a Derecho, obligados por la Ley de Amparo.
“Los juicios de amparo, una vez que se inician obviamente se está buscando la inconstitucionalidad de un acto, pero muchas veces se pide al juez de amparo que mientras resuelve conceda la suspensión a fin de que las cosas se mantengan en el estado que guardan. Esto es, que no avancen hasta que no se resuelva si es constitucional o no para que el acto no se vuelva consumado de manera irreparable”, detalló.
Si la suspensión no es acatada por la autoridad a la que va dirigida, dijo, se incurre en violación a la suspensión del acto reclamado y se configura uno de los delitos establecidos en la Ley de Amparo.
“Hay desacato en términos del Artículo 107 constitucional y se inicia una carpeta de investigación por violación a la Ley de Amparo”, precisó.
Eso sería lo legal conforme la Ley de Amparo, agregó, al recordar que a propósito de los cambios a la Constitución en materia de reforma del Poder Judicial el expresidente Andrés Manuel López Obrador, la presidenta Claudia Sheinbaum y el Congreso de la Unión incurrieron en desacato judicial y no pasó nada.
“Se ha venido violentando de manera reiterada la Ley de Amparo y los actos de una autoridad de control constitucional, como es un juez de Distrito o de Amparo, por lo que están rotos el sistema judicial y el sistema constitucional. Se ha roto el equilibrio de los poderes”, afirmó.
Ambos especialistas coincidieron también en que si bien el amparo no aplica en materia electoral, sí en el caso de la impugnación de la reforma constitucional judicial.