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Sector Financiero

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Cobranza con ofensa, amenaza o intimidación ameritará cárcel

Las reformas al Código Penal Federal establecen sanciones de uno a cuatro años de prisión y multa de 50,000 a 300,000 pesos.

Ahora que se han publicado reformas al Código Penal Federal, algunas prácticas de los despachos de cobranza -esos que hablan a deshoras para cobrar créditos-pueden ameritar cárcel.

La Condusef informó que ante la publicación de las reformas, en las que se establece sancionar con uno a cuatro años de prisión y multa de 50,000 a 300,000 pesos a quien lleve a cabo la cobranza extrajudicial ilegal, brindará información y asesoría a los usuarios que presenten reclamaciones ante el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco).

Recordó que además de ser un registro de los despachos con los que las instituciones financieras trabajan para el cobro de su cartera, el Redeco también permite a los usuarios presentar una queja ante las malas prácticas de cobro, las cuales están clasificadas en 21 causas de reclamación.

No obstante, aclaró que, con la reforma al Código Penal, sólo cuatro de las causas de reclamación establecidas por el Redeco pueden ser tipificadas como delito.

Éstas son: amenaza, ofensa o intimidación al deudor, familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda, enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.

También, la gestión de cobranza con maltrato y ofensas así como utilizar el nombre o denominación que se asemeja a una institución pública ameritarían cárcel.

La Condusef refirió que de enero a mayo del 2017 el Redeco registró 10,642 reclamaciones, las cuales se derivan en 30,502 incidencias reportadas. De éstas, 7,524 correspondieron con las cuatro causas tipificadas como delito (24 por ciento).

Es decir, si estas disposiciones hubieran entrado en vigor el 1 de enero de este año, habría hasta el momento 7,524 presuntos delitos que la Condusef hubiese tenido que notificar a la autoridad , señaló.

Asimismo, detalló que los principales despachos de cobranza señalados por estas malas prácticas son: Consorcio Jurídico de Cobranza Especializada; Muñoz C. y Asociados SA de CV; Servicios Técnicos de Cobranza SA de CV, y Recuperación Crediticia de México SC.

La dependencia detalló que el Código Penal define la cobranza extrajudicial ilegal como el uso de la violencia o la intimidación ilícitos, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas en leyes federales, incluyendo créditos o financiamientos que hayan sido otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza .

Finalmente, recordó que la cobranza extrajudicial ilegal es un delito que se perseguirá por querella, por lo que si se es víctima de amenazas o intimidación por teléfono o por escrito, se puede acudir a las oficinas de la Condusef, donde además de presentarse la queja a través del Redeco, se recibirá asesoría jurídica para denunciar los hechos ante la PGR.

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