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De los PAC, sólo 50% se podrá recertificar
Con la depuración, los contribuyentes tendrán que darse a la tarea ?de buscar otro proveedor, con lo que invertirán tiempo y dinero.
Sólo 50% de los proveedores autorizados de certificación (PAC) de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet podrá recertificarse para brindar el servicio de timbrado en México, estimó Daniel Cañizares Pineda, gerente comercial de wFactura.
Por lo menos la mitad de los PAC van a desaparecer, quedarán revocados para brindar sus servicios; la consecuencia es que los contribuyentes tendrán que darse a la tarea de buscar otro proveedor, con lo que invertirán tiempo y dinero , opinó.
Jesús Pastrán, presidente de la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación (Amexipac), explicó que con la publicación de la Resolución de la Miscelánea Fiscal para el 2014, se actualizaron los requisitos, tanto para obtener la autorización PAC como para renovarla.
Detalló que para obtener la recertificación para el periodo 2015-2016, las empresas deben contar con capital social suscrito y pagado de al menos 10 millones de pesos.
Además, tendrán que exhibir una fianza o carta de crédito a favor de la Tesorería de la Federación por ese monto, para garantizar el pago de cualquier daño o perjuicio al fisco o a un tercero, derivado de la prestación de servicios de certificación/timbrado de comprobantes fiscales.
Los directivos coincidieron en que estas nuevas disposiciones tienen el objetivo de brindar certeza y seguridad a los contribuyentes, y de la mano se convierte en una medida para intensificar la fiscalización.
Datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) indican que, al 21 de octubre, hay 79 empresas autorizadas para asignación de folio e incorporación de sello digital, y se estima que sólo quedarán 39 empresas acreditadas.
De acuerdo con la información que comparte el órgano recaudador del país, en su página de Internet, hasta el momento sólo una empresa ha sido revocada, Terra Networks México, SA de CV.
Implicaciones para ?los contribuyentes
Hasta el momento no se tiene cuantificado cuántos contribuyentes saldrán afectados con la publicación de la nueva lista, por lo que los directivos exhortaron a la autoridad fiscal a que cuanto antes dé a conocer el nombre de las empresas acreditadas.
Cañizares Pineda recordó que la fecha límite para que el Servicio de Administración Tributaria publique la lista definitiva y actualizada es el próximo 1 de noviembre.
Cada uno de los proveedores autorizados tiene la obligación de publicar en su portal de Internet el aviso de que continúan o no brindando el servicio para que el contribuyente pueda seleccionar otro PAC certificado , comentó Pastrán.
En tanto, el SAT es el organismo facultado para monitorear el cumplimiento de las obligaciones por parte de los PAC. Cuando detecta incumplimiento puede imponer sanciones o revocar la autorización otorgada.
En el caso de que a un contribuyente le haya sido revocada su autorización como PAC, no podrá obtener de nueva cuenta su recertificación en un periodo de 12 meses.
Cañizares Pineda indicó que timbrar con un proveedor no autorizado puede tomarse como un fraude al fisco , y de la mano no podrán facturar, lo que arroja implicaciones para las finanzas de una organización.