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Protección al cliente y prevención de lavado, los puntos fuertes
Hace algunos días, se dio a conocer el primer borrador de la iniciativa que dará paso a La Ley de Tecnología Financiera, mejor conocida como ley fintech, con la cual se pretende regular a las plataformas que realizan actividades financieras con el uso de tecnología, como son las de crowdfunding.
Hace algunos días, se dio a conocer el primer borrador de la iniciativa que dará paso a La Ley de Tecnología Financiera, mejor conocida como ley fintech, con la cual se pretende regular a las plataformas que realizan actividades financieras con el uso de tecnología, como son las de crowdfunding, fondos de pago electrónico y la administración de activos virtuales.
Asimismo, el documento, al que El Economista tuvo acceso, precisa que la ley estará basada en cinco ejes: profundización financiera, protección al consumidor, preservación de la estabilidad del sistema financiero, promoción de la competencia, así como prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
Este primer borrador expone que a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el Banco de México y la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) se les otorgará mayores facultades para tener una supervisión y control sobre las fintech.
En este sentido, las fintech que quieran entrar al mercado requerirán el aval de la CNBV para realizar sus operaciones. También contempla reglas de aspecto prudencial, tales como requerimientos de capital, montos máximos de operación y divulgación de riesgos.
Para la autorización de operaciones, las entidades tendrán que presentar los modelos de contratos de adhesión que pretendan utilizar para documentar las operaciones y servicios con sus clientes, en términos de la Condusef, así como los procesos de gestión de reclamaciones en términos de esta autoridad.
Por otro lado, para la protección del usuario la iniciativa propone que las fintech estén obligadas al uso de una cuenta de depósito de dinero en una institución de crédito o entidad financiera facultada para recibir depósitos, con la finalidad de reducir el riesgo del mal uso de los recursos de los clientes, mientras que para el combate al lavado del dinero propone que las entidades tengan un esquema de plena identificación de inversionistas y solicitantes de fondeo.
Inversionistas, no ahorradores
Por su parte, en la parte dedicada al fondeo colectivo (crowdfunding) la iniciativa describe a los usuarios de estas plataformas, como inversionistas y solicitantes, es decir, no serían ahorradores aquellos, pues no se establecen mecanismos de protección al ahorro.
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