Lectura 5:00 min
Sofomes no reguladas tendrán que dar más información en materia antilavado
Existen en el país 1,644 sociedades financieras se les pedirá informes más precisos.
Durante este 2019, el sector de las sociedades financieras de objeto múltiple Entidades No Reguladas (sofomes ENR), que es el de mayor número de intermediarios en el país, vivirá cambios relevantes en materia de supervisión de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Este año, a las poco más de 1,644 sofomes ENR que existen en el país, y las cuales reportan información a los órganos reguladores del sistema financiero, se les exigirán datos más precisos de su operatividad por parte de la CNBV, sin que esto signifique se sean vigiladas en materia prudencial, pues estas entidades por ley, sólo son supervisadas en materia antilavado.
De acuerdo con fuentes cercanas al proceso regulatorio, esto se hace con el fin de que la autoridad tenga más información de estas entidades y pueda aplicar un enfoque basado en riesgos más preciso, es decir, saber si todo lo que se les exige en materia de prevención de lavado de dinero es lo idóneo de acuerdo con su operatividad, tamaño y función.
Esta exigencia se hará sin que la autoridad las supervise prudencialmente, como sí aplica con las sofomes reguladas (ER), las cuales sí tienen una supervisión más estricta por su origen, pues muchas dependen de un grupo financiero o son partícipes en el mercado bursátil, lo cual obliga a ser supervisadas en temas de riesgos, sistemas de control, calidad de administración y procesos preventivos.
“Una supervisión basada en riesgos con la poca información que tiene la CNBV en el cumplimiento de obligaciones fiscales o de prevención de lavado de dinero, realmente da poca información, te dice poco (para ejercer supervisión antilavado) de las sofomes ENR”, detalló la fuente cercana al proceso regulatorio.
Según la fuente, además de lo que se les exige a este tipo de entidades en materia de prevención de lavado de dinero, tendrán que reportar información como si están dedicadas al factoraje o arrendamiento, si tienen otra actividad principal (además del otorgamiento del crédito), el tipo de mercado que atienden, su cartera, perfil o umbral de crédito y morosidad, entre otros datos.
“Esto se da con el fin de tratar de supervisar a estas entidades de manera más eficiente, o tratar de ver si para todas aplica el mismo traje en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo”, explicó la fuente.
Las sofomes son entidades contempladas en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC) y para operar como tal deben contar con su registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
Entre sus funciones principales está la de otorgar crédito o dar en arrendamiento bienes inmuebles, entre otros. También pueden establecer fideicomisos.
Estas entidades financieras, a partir de la reforma financiera del 2014, quedaron obligadas a entregar a la CNBV información respecto a medidas y procedimientos para prevenir el lavado de dinero en ellas. Asimismo, tienen que presentar un reporte de las operaciones relevantes que se dan dentro de la operatividad de estas empresas y registrar en su contabilidad cada una de las operaciones o actos que celebren con sus clientes o con otras instituciones financieras.
“Las sofomes no reguladas están sujetas de la inspección y vigilancia de la CNBV, exclusivamente para verificar el cumplimiento de las disposiciones de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo de conformidad con el artículo 95 Bis de la LGOAAC”, se puede leer en la página web del órgano regulador.
Durante el 2018, el sector de las sofomes ENR fue sancionado por la CNBV en 355 ocasiones por un monto de 8 millones 968,936 pesos, principalmente por omitir presentar dentro del plazo legal su reporte de operaciones relevantes; no entregar en el plazo de la ley el programa de capacitación en materia antilavado, entre otras causas.
Regulación depuró
Desde su constitución en el 2006, la supervisión de estas entidades, así como su normativa, han evolucionado. Aunque en el 2011, se emitió el marco legal para la supervisar a estas entidades en materia antilavado, ya había un número exponencial de éstos, se habla de más de 3,000.
Entre el 2012 y el 2013, la autoridad alcannzaba a supervisar a pocas entidades en su cumplimiento en materia antilavado; sin embargo, con la reforma financiera del 2014, al incorporar la obligación del dictamen técnico en materia de lavado, se logró una depuración del sector, pues la autoridad logró la revisión de sus manuales e informes de auditoría sobre estos temas a las entidades que buscaban renovar su registro.
Asimismo, en el 2017, se incorporó en la normativa la regulación del enfoque basado en riesgos, la metodología para evaluar los riesgos a los que se encuentra expuesta una entidad y así aplicar focalizar su atención en dichos riesgos para evitar ser vehículos para el blanqueo de capitales. Se espera que al menos para el tercer trimestre de este 2019, las sofomes ya reporten la nueva información que será exigida por la autoridad.
Obligaciones de las sofomes no reguladas
- Tener políticas de identificación y conocimiento del cliente
- Contar con un oficial de cumplimiento y un comité de control en materia antilavado
- Reportes de operaciones
- Manual de políticas de prevención de lavado de dinero
- Informe de auditoría
- Programa anual de capacitación de su personal
- Sistemas automatizados
Nueva información financiera
- Mercado al que atienden
- Actividades principales, además del otorgamiento del crédito
- Composición de su cartera
- Morosidad