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Capital Humano

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¿Es posible una regulación de plataformas digitales sin subordinación?

El reconocimiento de la relación laboral de las actividades por aplicaciones ha despertado un debate en torno a los criterios que podrían calificar las tareas como un trabajo subordinado o independiente.

Hasta ahora, los esfuerzos por regular el trabajo en aplicaciones se centran el reconocimiento de una relación laboral.Ilustración EE: Nayelly Tenorio

La regulación de plataformas digitales entró en otra fase en México luego de que el gobierno hiciera pública la reforma que impulsará en el Congreso de la Unión, la propuesta —entre otros puntos— busca reconocer la relación laboral entre las aplicaciones y los conductores y repartidores, así como garantizar seguridad social plena a una parte de esta población trabajadora.

Las empresas propietarias de las apps (Uber, Rappi y Didi) solicitaron en reiteradas ocasiones más diálogos a las autoridades y, al mismo tiempo, se pronunciaron por una propuesta que conservera la figura de trabajo independiente.

A decir de Manuel Fuentes, abogado laboralista y profesor investigador de la UAM, una reforma que no reconociera una relación de trabajo “sería un fracaso”, esto es así porque hasta ahora la falta de una calificación de trabajo subordinado ha limitado el acceso a derechos básicos.

“Sería un retroceso. La plataforma digital es la que lleva a cabo el control de todo el proceso; es decir, da la indicación al conductor o al repartidor, controla los pagos. El algoritmo es un capataz digital, es quien revisa los viajes o pedidos que no se realizan y puede desconectar al trabajador, va penalizando, definiendo pagos, es un empleador digital que controla todo”, explica el especialista.

La propuesta impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum y elaborada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) plantea un modelo de subordinación discontinua, esto quiere decir que se configurará durante el tiempo efectivo de trabajo. Además, la iniciativa propone que los trabajadores que generen ingresos a partir de un salario mínimo tengan acceso pleno a la seguridad social. La dependencia estima que esto beneficiaría a poco más de 272,000 personas de las 658,000 que laboran bajo este modelo.

Recientemente, Marath Bolaños, titular de la STPS, comunicó que luego de mesas de trabajo con las plataformas digitales y el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), se llegó al consenso de que la reforma planteada por el gobierno “conjuga flexibilidad y derechos laborales, dándole certidumbre y futuro al modelo de negocio”.

Pero hasta ahora no hay señales de que se tenga un retroceso en el reconocimiento de la subordinación, al menos durante el tiempo efectivo de trabajo, el cual —según lo planteado por la STPS— se entenderá como el tiempo desde que se acepta un pedido o viaje hasta que se finaliza.

Desde la perspectiva de Nadia González Elizondo, especialista en Derecho Laboral, es posible aspirar a una reforma con un esquema dual, esto es, que reconozca la relación de trabajo en algunos casos y conserve un modelo de trabajo independiente para otra parte de los repartidores y conductores.

Si bien es cierto que el modelo “está lejos de que sea considerado trabajo decente”, la otra cara de la moneda es que las aplicaciones tienen un papel importante en la economía y la posibilidad de que personas excluidas del mercado laboral formal generen ingresos, dice la especialista.

En ese sentido, Nadia González puntualiza que en economías como Chile el trabajo en apps se ha regulado con dos clasificaciones: una que reconoce una relación subordinada y otra que conserva el trabajo independiente o autoempleo. “Y eso da más claridad. Valdría la pena tener la posibilidad de plantear en la iniciativa ambas clasificaciones, la referencia del salario mínimo no es jurídica”.

De acuerdo Graciela Bensusán, profesora investigadora de la UAM-Xochimilco, en el mundo hay más de 60 regulaciones del trabajo en plataformas digitales, la mayoría de estos instrumentos reconocen la existencia de una relación de trabajo, sólo 14 lo califican como un autoempleo.

Para Manuel Fuentes, aún con la digitalización hay criterios de subordinación en las actividades que realizan tanto repartidores y conductores de aplicaciones, la flexibilidad laboral no elimina el control ejercido por los empleadores. “La subordinación se configura desde el momento en que la persona se conecta, es como un aviso de ‘ya estoy a disposición tuya para cuando se solicite el servicio’”.

A decir del especialista, incluso la reforma planteada por el gobierno queda con “huecos negros” que desprotegen a una parte de la población trabajadora; por ejemplo, la protección únicamente durante el tiempo efectivo de trabajo o la posibilidad de que sea el trabajador quien costee las herramientas para desempeñar las tareas.

Por otra parte, Nadia González opina que en algunos casos no se reúnen los criterios de subordinación debido a la existencia de flexibilidad y autonomía para ejecutar las actividades. “El escenario ideal es que haya dos clasificaciones: empleados o independiente”.

Desde la perspectiva de la especialista, un buen elemento que podría incorporarse en la propuesta es un test que permita determinar cuándo se trata de una actividad con subordinación laboral y en qué momento se considera trabajo independiente.

Interés legislativo crece

A la propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum se han sumado diversas bancadas en el Congreso de la Unión. Hasta ahora se han presentado seis proyectos con el objetivo de regular el trabajo por aplicaciones, la mayoría de las iniciativas reconocen la existencia de una relación laboral.

Las propuestas plantean la creación de un nuevo capítulo en la Ley Federal del Trabajo (LFT) con reglas específicas para este modelo, un punto en común que comparten con el proyecto elaborado por la STPS.

Algunos aspectos adicionales que han planteado los legisladores es considerar en el tiempo efectivo de trabajo los periodos de espera para la oferta de un viaje o entrega, garantizar el acceso a herramientas de trabajo o la creación de un salario mínimo para estas actividades.

Por otra parte, las plataformas digitales —hasta antes del último encuentro con la STPS— insistían en un proyecto que garantizara la flexibilidad del modelo y conservara la figura de trabajo independiente con un esquema de seguridad social que permitiera aportaciones de las empresas, pero sin ser consideradas empleadoras.

Amech pide respeto a derechos laborales

Esta semana, la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (Amech) hizo un llamado para construir una reforma que garantice los derechos laborales y el bienestar de los trabajadores de aplicaciones.

“Consideramos fundamental que la reforma tome en cuenta las particularidades de este sector y ofrezca un marco que resguarde los derechos laborales, asegurando que los trabajadores tengan acceso a protecciones adecuadas”, dijo Fernando Bermúdez Pire, presidenta de la Amech.

La organización patronal reconoció la intención del gobierno de garantizar seguridad plena y derechos laborales a la población trabajadora que cumpla con ciertos criterios, y en ese sentido, subrayó la importancia de una implementación efectiva de las disposiciones para “maximizar los beneficios de la regulación y asegurar que se brinde una protección real a quienes cumplen con las condiciones definidas”.

No obstante, la asociación también puntualizó la importancia de “seguir evaluando el impacto de las medidas y adaptarlas a las necesidades específicas del sector”.

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano.

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