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Capital Humano

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Reconocen en la LFT derechos laborales de repartidores y conductores de apps

Al menos 272,000 conductores y repartidores tendrán acceso pleno a la seguridad social y derechos laborales, aunque todo el universo de más de 600,000 trabajadores estarán protegidos contra accidentes.

El Senado avaló por unanimidad la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que reconoce los derechos laborales de los repartidores y conductores de plataformas digitales. Con la aprobación de la Cámara Alta, la regulación del trabajo en aplicaciones concluyó su trámite legislativo. 

La reforma, propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, agrega un nuevo capítulo a la LFT rara reconocer la relación laboral de los trabajadores con las plataformas digitales y garantiza derechos laborales y seguridad social bajo algunos criterios.

El salario mínimo es uno de los aspectos clave. El acceso pleno a la seguridad social y prestaciones será para quienes generen un ingreso equivalente a la remuneración básica. 

La estimación del gobierno federal es que con esta reforma al menos a 272,000 repartidores y conductores tendrán la totalidad de los derechos laborales, incluyendo la seguridad social, pero todo el universo de alrededor de 658,000 trabajadores estará protegido contra accidentes de trabajo sin importar el nivel de ingresos que tengan. 

La reforma establece que los conductores y repartidores que no generen al menos un salario mínimo serán consideradas como trabajadores independientes.

Si la persona trabajadora de plataformas digitales deja de tener actividad por un periodo consecutivo de 30 días naturales, se entenderá como terminada la relación laboral automáticamente, sin indemnización por parte del empleador.

Trabajo flexible y discontinuo

La reforma establece que el trabajo en las plataformas digitales será flexible y discontinuo, esto significa que existe una relación laboral durante el tiempo efectivamente laborado por la persona trabajadora de plataforma digital.

Este tiempo efectivo de trabajo se entenderá desde que el repartidor o conductor acepta prestar una tarea o servicio, hasta que la concluye. 

De esta manera, la propuesta de Claudia Sheinbaum conserva la flexibilidad para que los trabajadores definan el tiempo, los días y la cantidad de veces que desean conectarse a una aplicación, al igual que la libertad de trabajar para distintas plataformas.

Con esto se atiende uno de los reclamos de las plataformas y los repartidores y conductores sobre la flexibilidad que da el trabajo en éstas.

La relación laboral deberá formalizarse por un contrato donde se establecerá, entre otras cosas, el pago por tarea, servicio, o trabajo realizado, el pago proporcional de día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras.

La reforma también incorpora obligaciones para los trabajadores, motivos de baja, reglas para el pago de PTU y hasta sanciones para las empresas que incumplan con las disposiciones.

Transparencia del algoritmo

La reforma establece que el algoritmo a través del cual se asigna el trabajo debe ser transparente, claro y conocido por todas las personas trabajadoras en plataformas.

Los cambios a la LFT también restringen a las empresas transferir a los trabajadores que se encuentran sujetos a una relación laboral tradicional a un esquema de trabajo en plataformas digitales, con el fin de buscar desvirtuar el vínculo laboral, los derechos asociados con el mismo o con el objeto de reducir las cargas fiscales. 

De no respetar esta reforma se establecen sanciones específicas por incumplimiento que oscilan entre 27,142 y los 2 millones 714,250 de pesos.

Con la aprobación del Senado, la reforma termina su trámite legislativo y sólo espera su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Periodista especializada en temas financieros y económicos; hoy también escribe sobre empleo, carrera, políticas laborales, salud mental en el trabajo, desarrollo profesional, marca personal.

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