Lectura 3:00 min
Transparencia en gasto, sólo? con reforma a la Carta Magna
El Consejo de Armonización Contable ?y la ASF deberán entregar diagnósticos ?e informes sobre el nivel de endeudamiento, el Conac deberá pronunciarse sobre ?la conveniencia de contar con una guía ?de certificación de estados y municipios.
Para poder conocer a detalle el nivel de endeudamiento de los estados y municipios, se requiere una reforma constitucional que cambie el marco jurídico de deuda pública, necesario para transformar los registros de obligaciones actuales.
Para lo cual el Poder Legislativo tendrá un año para preparar y aprobar iniciativas que sean necesarias para lograr la transparencia de la deuda, según se establece en el dictamen de reforma a la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) que aprobó el pleno de la Cámara de Senadores, en el cual se pone de manifiesto la preocupación de los legisladores con respecto al retraso que presenta la implementación de la ley vigente.
El artículo 6 transitorio de la reforma mandata al Congreso de la Unión a que en un plazo no mayor a un año, a partir de la fecha de publicación del decreto, sean aprobadas las modificaciones necesarias para reformar los registros de deuda pública actuales.
Para ello, las comisiones de Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados, así como a las comisiones de Presupuesto y de la Función Pública en San Lázaro podrán solicitar al Consejo de Armonización Contable (Conac) y a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) diagnósticos e informes sobre el nivel de endeudamiento y capacidad de pago de los tres órdenes de gobierno.
RESPONSABILIDAD FISCAL
De acuerdo con el dictamen, lo importante es que el fin último de este mandato no sólo es la transparencia, sino el establecimiento en la legislación de reglas de responsabilidad fiscal que eviten los quebrantos de las haciendas públicas.
Lo anterior porque es muy frecuente que se den casos de que algunos estados o municipios tengan registrados montos de deuda pública bajo, pero por fuera tienen contratos con acreedores, proveedores y prestadores de servicios (los llamados proyectos de prestación de servicios, Pidiregas, avales y garantías) que reducen el margen de maniobra de las finanzas públicas.
En el documento se indica que lo mismo sucede con la Federación, que si bien publica regularmente la mayoría de sus obligaciones, se hace de manera aislada y fragmentada.
Por esa razón se considera que las calificaciones de deuda de los tres órdenes de gobierno posiblemente no estén reflejando la capacidad real de pago.
GUÍA DE CERTIFICACIÓN
Se establece que el Conac debe pronunciarse en el informe que rendirá en seis meses tras la publicación de la ley, sobre la conveniencia de contar con una guía de certificación de estados y municipios sobre el cumplimiento de los principios contables emitido por despachos externos, porque están viendo que los plazos previstos actualmente no se están acatando.
Estarán obligados a fomentar la cultura de la información de manera sencilla, con la divulgación del contenido de los paquetes económicos. En Internet se tendrán que subir los proyectos de iniciativa de Ley de Ingresos y proyecto de presupuesto. El Conac establecerá los términos para que estados y municipios publiquen calendarios de ingresos y gastos.
SUBEJERCICIOS Y COBERTURAS
Los senadores modificaron el artículo 46 para que en el estado analítico del ejercicio del presupuesto se identifiquen las adecuaciones presupuestarias, sub-ejercicios y en las cuentas públicas reportar los esquemas bursátiles y de coberturas financieras.