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El Empresario

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Todo lo que debes saber sobre la reforma para fortalecer a las pymes en la Bolsa

Con la reforma a la Ley de Fondos de Inversiones, las pymes tienen varios beneficios, como acceder a financiamiento y aumentar su liquidez

Foto EE: Archivo

El pasado 28 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley del Mercado de Valores y de la Ley de Fondos de Inversiones, con lo cual las pequeñas y medianas empresa (pymes) tienen más facilidades para participar en el mercado bursátil y acceder a financiamiento.

El objetivo de las modificaciones legales es aumentar la liquidez de los negocios e impulsar el crecimiento empresarial, por ello se crea un nuevo régimen de emisiones simplificadas con menos requisitos, lo que permitirá que las pequeñas y medianas empresas tengan un mejor acceso al financiamiento del mercado bursátil.  La Asociación Mexicana de Instituciones Bursátiles (AMIB) estima que hasta 30,000 pymes podrían beneficiarse del nuevo régimen.

¿Qué plantea la reforma y cuáles son los beneficios para las pymes? Estas son las claves

Inscripción simplificada de valores

La reforma simplificará los trámites, tiempos y costos para que las pymes accedan a financiamiento en el mercado de valores, ya sea para aumentar su capital o para conseguir crédito con tasas de interés más baja y mejores plazos de pago que las que ofrecen las instituciones bancarias o proveedores.

Por ello se establece un nuevo procedimiento de inscripción simplificada de valores, que permitirá que las empresas participen en el mercado bursátil mediante la oferta pública de valores de deuda o capital.

Este nuevo régimen combina la protección del mercado público de valores con la agilidad del mercado privado, lo cual permite que las pymes accedan a crédito o compartan ganancias.

Además, solo inversionistas de alto perfil como bancos, compañías de seguros, fondos de inversión y afores podrán adquirir crédito o acciones de las pymes, es decir, no podrá invertir el público en general.

Emisoras simplificadas

Anteriormente, para que una empresa participara en el mercado de valores se requería inscribir los títulos ante el Registro Nacional de Valores, era necesario llevar más de 20 documentos corporativos, contables, financieros y legales a la Bolsa de Valores y el trámite podía tardar entre seis y 12 meses.

Con la reforma se establece la simplificación de acceso al mercado bursátil, con requisitos más simples, los cuales deberán ser definidos -en un plazo no mayor a un año- por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y el Banco de México (Banxico), entidades responsables de emitir las características que deben cumplir las empresas para participar en dicho procedimiento de inscripción simplificada y las disposiciones de carácter general para la puesta en marcha de estas modificaciones.

Sin embargo, María Ariza, directora general de la Bolsa Institucional de Valores (Biva) señaló que se trabaja a “pasos acelerados” para que la regulación secundaria esté lista entre marzo y abril del 2024 y no se “empañen y no se estanquen” por las elecciones.

También se establece que las organizaciones que ya participan en el mercado de valores no podrán acceder a la inscripción simplificada, esto para evitar que las grandes empresas relajen las exigencias de gobierno corporativo.

La reforma establece que las casas de bolsa serán las encargadas de participar en la estructuración de las operaciones de las empresas que quieran convertirse en emisoras simplificada. Para ello deberán revisar la documentación necesaria para acreditar que cumplen con los requisitos y en conjunto solicitarán a la CNBV su inscripción.

Fondo de cobertura

En la reforma a la Ley de Fondos de Inversión se agrega la figura de “Fondos de cobertura”, conocidos a nivel internacional como “hedge funds”, que busca incrementar el rendimiento de los inversionistas y mejorar la gestión de riesgos de activos que sean objeto de inversión.

También se eliminan los requisitos para que las Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión Bursátil (SAPIB) se conviertan en Sociedades Anónimas Bursátiles (SAB). Esta migración se daba cuando se cumplía un plazo de 10 años o cuando el capital contable supera los 250 millones de unidades de inversión.

“Con ello se pretende que las sociedades maduren en función de la propia naturaleza de su negocio, así como de su ciclo económico, sin presión, incluso teniendo la opción de mantenerse en dicho régimen, brindando a las empresas medianas un régimen de SAPIB más flexible, y a los inversionistas nuevas opciones de inversión”, se indica en la reforma.

Sobreendeudamiento

Para evitar un sobreendeudamiento y que las pymes limiten su capacidad de pago y su visibilidad, los pequeños negocios podrán obtener el monto máximo de crédito que les autorice la CNBV.

También las pymes tendrán la obligación de transparentar su nivel de endeudamiento, y realizar evaluaciones constantes de su capacidad de pago por parte de un tercero.

Sustentabilidad y equidad de género

La reforma contempla criterios de mejores prácticas públicas en temas de sustentabilidad y equidad de género para los miembros del consejo de administración de la empresa que pertenezca al mercado de valores.

Y se establece que estas prácticas estén alineadas con los principios de Gobierno Corporativo de la OCDE y del G20.

Con información de Judith Santiago

Editora El Empresario. Periodista especializada en emprendimiento, pymes, creación de negocios, management y liderazgo. Desde el 2017 coordina El Empresario

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