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Apelarán fallo que permite ingresar alimentos al cine

La cadena, que cuenta con 13 sedes en Perú, defendió a sus productos de confitería y dijo que son parte de la experiencia del cine; primero está la libertad de los consumidores: Indecopi.

La representante de Cinemark, que tiene 13 sedes en Perú, dijo que la marca apelará al poder Judicial a través de una acción contenciosa administrativa porque “hay una violación de la libertad de empresa, de la actividad económica a la que nos dedicamos”.

Consultada sobre lo que hará Cinemark en caso de que su pedido no prospere, señaló: “Evidentemente hay que revaluar la ecuación del negocio porque como cualquier empresa necesitamos generar resultados”, dijo en RPP Noticias Diana López Chiu, representante de Cinemark. También defendió los precios que cobra la cadena de cines y dijo que éstos son colocados considerando un equilibrio en sus tres rubros (boletería, confitería y venta de publicidad), sumado al hecho de que hay cines con alta asistencia y otros donde operan a pérdida.

“Tenemos complejos donde podemos estar a pérdida, y casos como Cajamarca, Huánuco, donde la asistencia no es tan contundente; y tenemos casos donde tenemos ingresos sobre 10% de utilidades”, dijo la representante de Cinemark.

López Chiu indicó que, en sus tres rubros, la dulcería representa 40% de su facturación (ingresos netos). “No es poco”, comentó.

Aunque previó que esa participación de la dulcería no se reducirá mucho, “se va a ver repercutida de todas maneras”. Añadió que, como empresa, buscan “evidentemente” generar una ganancia, pero ésta “no es exorbitante, como se podría pensar”.

El ticket promedio de los boletos en Cinemark oscila encuentra entre 12 y 13 soles (70 pesos mexicanos). “Las entradas no son un tema de discusión pero estamos en evaluación de este tema y cuál es el impacto negativo que vamos a tener”, indicó. Asimismo, dijo que Cinemark tiene oferta variada en sus taquillas y dulcerías. “Los productos de la confitería son parte de la experiencia del cine, en donde uno encuentra una oferta variada para poder consumir a libre elección del consumidor, de cara a comprarlo en la estadía del cine o previo a la película”, dijo López Chiu.

LA POSTURA DEL INDECOPI

La secretaria técnica de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, Liliana Cerrón, explicó a Gestión los detalles que trae consigo la resolución respectiva. “Lo que existe es una cláusula limitativa de los derechos de los consumidores de elegir libremente los alimentos y bebidas que decidan comprar e ingresar al cine”, afirmó. Liliana Cerrón señaló que la sala ha realizado un análisis sólo de estos casos puntuales y, ante ello, han ordenado lo que consideran las medidas correctivas.

Pero ¿la medida podría ser aplicada a otras actividades si se presenta una queja similar con estos mismos argumentos? La respuesta de la secretaria técnica fue afirmativa. “La sala podría, luego de una evaluación, decidir una cosa similar”, señaló. Aunque ahora no se han presentado procesos similares en marcha, en los supuestos se tienen las discotecas, conciertos y áreas de esparcimiento públicos, que todavía no se han puesto en discusión por la sala, dado que no existe un proceso vigente. Un cuestionamiento es si la decisión del Indecopi puede afectar la libertad de empresa, de tener una iniciativa privada y aplicar sus modelos de negocios.

Liliana Cerrón destacó que, en contrapeso, está la libertad de los consumidores de elegir los productos que van a consumir en el mercado, en las condiciones que ellos han considerado. La funcionaria comentó que Indecopi no está estableciendo precios a los consumidores, sino que está estableciendo que el consumidor tiene la libertad de adquirir el producto donde considere que se adecue mejor a sus necesidades.

“Eso no significa que se prohíba a los cines vender productos; de hecho, lo van a seguir haciendo, seguirán con su actividad principal la exhibición de obras cinematográficas y la actividad complementaria a la venta de los productos alimenticios, eso va a seguir”, sostuvo.

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