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Arranca enero con el 22% de aumento a los mínimos y se preparan sindicatos para las revisiones contractuales
La Comisión Nacional de Salarios Mínimos informó que entró en vigor el incremento de 22% al salario mínimo, por lo que los patrones que tengan trabajadores registrados con el mínimo ingreso deberán realizar el ajuste.
La Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) informó que entró en vigor el incremento de 22% al salario mínimo, por lo que los patrones que tengan trabajadores registrados con el mínimo ingreso deberán realizar el ajuste.
Datos de la Conasami destacan que hay 6 millones de trabajadores en esta condición registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que a partir de ahora su ingreso pasará de 141.70 a 172.87 pesos diarios, y en la Zona Libre de la Frontera Norte de 213.39 a 260.34 pesos diarios.
Cabe destacar que este aumento es el cuarto consecutivo durante esta administración, que ha permitido pasar de 88.36 pesos diarios en 2018 a 172.87 para este 2022, con lo cual se ha logrado recuperar el 71% del poder adquisitivo del salario mínimo.
“Con la política de recuperación de los salarios mínimos aplicada por la Conasami, México asciende 13 posiciones a nivel internacional con respecto al 2010, colocándose en el lugar 67 de 135 países, por arriba de naciones como Papúa Nueva Guinea, que hace 12 años estaba arriba del país con un salario mínimo más alto”, indicó la Conasami.
La Conasami destacó que con esta política de recuperación del salario “se avanza en el objetivo del gobierno de lograr que al final de la administración el salario mínimo permita cubrir la canasta básica definida por el Coneval para dos personas de una familia, lo que ayude a reducir la pobreza laboral y abonar a la justicia social”.
Revisiones Contractuales
Algunos especialistas han destacado que las negociaciones de contratos colectivos de trabajo será complicadas dado el incremento de 22% en los salarios mínimos; no obstante, análisis que se han realizado en la Conasami muestran que no tendrán mayor impacto.
El presidente de la Conasami dijo a El Economista que “puede ser que todavía algunos contratos colectivos tengan algunas referencias ligadas al salario mínimo. Entonces cuando nosotros decimos en el Diario Oficial de la Federación, el salario mínimo se incrementó un 9% más un Montón Independiente de Recuperación que no va a ser utilizado para incrementar otros salarios que no sean el mínimo, creemos que es una salida legal que las empresas buscan por si cualquier trabajador quisiera demandarlos y decir, es que en mi contrato dice incremento del salario mínimo, y digan, pero es que el salario mínimo aumentó el 9% y lo demás va sólo a los que ganan el salario mínimo”.
Luis Munguía destacó que de ninguna manera se establece un tope salarial.
“Los sindicatos pueden pedir lo que quieran, pueden negociarlos, pueden pedir 20, pueden pedir 30, lo que ellos consideren que pueden lograr. El salario mínimo no tiene, digamos, un alcance legal para obligar a alguien que pague el 9%, simplemente es un número que se da de referencia que es la inflación más dos, y este año creemos que va a cerrar en siete, entonces por eso el incremento por fijación fue 9%, ya si cada año si te fijas hemos dado este incremento por fijación y por la inflación más dos, porque la inflación que vimos en el 2021”.