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Convenio de la OIT combatirá los contratos de protección

Con la iniciativa se podrán eliminar prácticas como las huelgas de extorsión, pues habrá que modificar la legislación laboral para proteger la sindicalización y la negociación colectiva; ajuste empata con normas laborales que impulsa el TPP.

A 66 años de que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sugirió a México adherirse al Convenio 98, el cual reconoce la sindicalización y la negociación colectiva, y erradica la presencia de contratos de protección , finalmente el presidente Enrique Peña Nieto envió al Senado de la República la propuesta para su ratificación.

En ese sentido, el Ejecutivo federal destacó que México ya puede adoptar este instrumento internacional luego de adecuaciones que se realizaron a la Ley Federal del Trabajo en el 2012, pues se eliminó la cláusula de exclusión , la cual permitía a los sindicatos solicitar a las empresas el despido de trabajadores.

Entre los argumentos del presidente Enrique Peña se encuentra que con esto, la protección al trabajador debe ejercerse especialmente contra todo acto que tenga por objeto sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro del mismo .

Asimismo, el convenio busca regular que las organizaciones de trabajadores y de empleadores gocen de una adecuada protección contra todo acto de injerencia de una respecto de las otras, ya sea que se realice directamente o por miembro de sus medios en su constitución, funcionamiento o administración , agrega la propuesta.

De aprobarse, México estará obligado a crear organismos adecuados a las condiciones nacionales que estimulen entre los empleados y las organizaciones de trabajadores el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación, como es el caso del respeto al derecho de sindicalización.

Cabe recordar que, en el mes de junio, en el informe de la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT concluyó analizar 24 casos individuales relacionados con la implementación de los derechos laborales, entre ellos a México, debido a las constantes denuncias sobre la presencia de contratos de protección.

Los llamados contratos de protección, o no activos, han sido la consecuencia de emplazamientos a huelga que no están legitimados por la voluntad de los trabajadores y por el contrario son prácticas de extorsión en contra principalmente de la pequeña y mediana empresa, los cuales ahora podrán erradicarse , expuso Óscar de la Vega, director de Littler México.

Agregó: Sería un buen principio (la ratificación) para evitar prácticas como las huelgas de extorsión por firma de contrato colectivo, y la reacción a éstas, por medio de los llamados contratos de protección .

Ante dicha situación, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social firmó un convenio con los secretarios de trabajo de todos los estados para erradicar dicha práctica.

Además de que el recientemente firmado Acuerdo Transpacífico (TPP) tiene como base los convenios que emite la Organización Internacional de Trabajo, en donde México ya tiene ratificados siete de un total de ocho; el único que faltaba es el Convenio 98.

empresas@eleconomista.com.mx

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