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Diputados regresan LTE al Senado con cambios

La Cámara de Senadores hará una segunda revisión a los cambios a la LTE en torno a la cantidad de certificados de energía limpia que podrán ser diferibles en el periodo de transición.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 387 votos, 31 en contra y 10 abstenciones, la minuta que expide la Ley de Transición Energética (LTE), que de inmediato remitió a la Cámara de Senadores para una segunda revisión a los cambios en torno a la cantidad de certificados de energía limpia que podrán ser diferibles en el periodo de transición hasta el mercado de estos instrumentos, que será del 2018 al 2022.

Con base en la minuta devuelta por la Cámara de Senadores, los diputados federales consideraron trascendental modificar el segundo párrafo del artículo vigésimo segundo transitorio de la citada ley, a fin de robustecerla y ofrecer la certeza necesaria para que los participantes obligados cuenten con la posibilidad de diferir la liquidación de hasta 50% de sus obligaciones en cada periodo.

Así, del 2018 al 2022, los participantes del mercado obligados a adquirir certificados de energía limpia (CEL) es decir, los productores con energías fósiles estarán obligados a tener CEL por 5% de su generación, pero como se modificó desde la Cámara de Senadores, podrán diferir hasta 50% y no 25%, como originalmente planteó la Secretaría de Energía y por dos años los atrasos que tengan con respecto a estas adquisiciones si no existen suficientes instrumentos para cubrir al menos 70% de la obligación del total de los generadores fósiles.

Pero además, las modificaciones realizadas en la Cámara de Diputados establecieron que no aplicará (...) este lineamiento únicamente en lo referente a la cantidad de CEL cuya liquidación es diferible , lo que implica que la parte de la obligación que se difiera no aumentará en 5% anual hasta su liquidación, como establecieron originalmente los lineamientos de energía.

El cambio, cita el decreto, se fundamenta en la necesidad de flexibilizar la implementación de la nueva legislación y (en) ser corresponsables con las inversiones y la reestructuración que las empresas tendrán que realizar para afrontar la visión del Estado mexicano en materia de transición energética’’.

El resto de la LTE fue devuelta a los senadores sin cambios, por lo que además se determinará el precio tope de los CEL en 60 Unidades de Inversión si la Comisión Reguladora de Energía determina que en la dinámica de oferta y demanda durante el 2018, 2019, 2020 y 2021 resultan más caros que este monto.

Si los senadores ratifican los cambios referidos deberán turnar el decreto al Ejecutivo federal para su promulgación y entrada en vigor, pero si eso no sucede, la nueva ley se podrá volver a discutir hasta el siguiente periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, el 1 de febrero del 2016.

empresas@eleconomista.com.mx

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