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Llega a diputados iniciativa de reforma a justicia laboral

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo en un plazo no mayor de dos años a partir de su entrada en vigor.

El grupo parlamentario de Morena presentó la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para dar cumplimiento a la reglamentación de justicia laboral pendiente desde hace 10 meses, e integra la transparencia sindical encaminada a que sean los trabajadores quienes decidan el tipo de contrato y al sindicato que quieren que los represente.

En 203 páginas, la propuesta del partido Morena lleva el aval de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como de grupos de especialistas y sindicalistas que se encuentran afiliados al Observatorio Ciudadano y de la Unión Nacional de Trabajadores.

Cabe destacar que la iniciativa cambió de Cámara de origen y serán los diputados quienes la analicen, en primera instancia, para luego seguir el proceso legislativo en el Senado de la República. Se tiene contemplado que la reforma a la Ley Federal del Trabajo quede aprobada antes del 31 de diciembre de 2018.

Entre los aspectos de relevancia se encuentran: la creación de los centros de conciliación locales y los tribunales laborales del Poder Judicial de las entidades federativas, las cuales iniciarán actividades dentro del plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Asimismo, señala que los sindicatos deben adecuar sus estatutos conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 371, que desglosa la manera en que los trabajadores deben elegir a sus líderes, así como el proceso de votación; la documentación y el padrón de trabajadores indispensable para llevar a cabo procesos transparentes y democráticos; éste deberá estar listo dentro de un plazo no mayor de seis meses a partir de la entrada en vigor de la reforma.

“Las disposiciones previstas en el artículo 371 para la elección de las directivas y secciones sindicales, la condición establecida en esta ley en el sentido de que el voto, personal libre y secreto, tenga adicionalmente el carácter de directo iniciará su vigencia en seis meses posteriores a la entrada en vigor de la presente reforma”.

Los cambios a la LFT sobre justicia laboral establecen en la propuesta que a todo el que presente documentos o testigos falsos se le impondrá una pena de seis meses a cuatro años y multa de 125 a 1900 Unidades de Medida y Actualización vigentes. Tratándose de trabajadores, la multa será el salario que reciba el trabajador en una semana.

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo en un plazo no mayor de dos años a partir de dicha entrada en vigor, atendiendo a las posibilidades presupuestales.

Respecto a las funciones de la Autoridad Conciliadora Federal y Tribunales Federales Laborales, contempla un plazo máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de este decreto, cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia.

La propuesta no contempla cambios directos en materia de subcontratación, la iniciativa del grupo parlamentario de Morena establece en el Artículo 1004-C que a quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa, en términos del artículo 15-D de esta ley, se le impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 unidades de medida y actualización vigentes.

Los puntos clave

  • El Congreso de la Unión tendrá 180 días para expedir la Ley Orgánica para la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
  • El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo en un plazo no mayor a dos años a partir de dicha entrada en vigor
  • En tanto el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral no inicie sus funciones registrales, las Juntas de Conciliación y Arbitraje y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social continuarán con las mismas funciones
  • El plazo para que se aplique de lleno las funciones de la nueva justicia laboral será de cuatro años
  • Para la legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes deberán revisarse al menos una vez durante los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de la ley y deberán depositarse ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para que sean verificados
  • Asimismo, los contratos deben tener el respaldo de la mayoría de los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto
  • Para la consulta, las partes deberán dar aviso al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral con un mínimo de 10 días de anticipación a que se realice dicha consulta, por escrito o vía electrónica
  • Los sindicatos tendrán un plazo de seis meses para adecuar sus estatutos a los nuevos requerimientos de la reforma, considerando el voto libre y secreto
  • En materia de subcontratación, se mantienen las multas para quienes hagan uso indebido de esta figura y se les impondrá multa por el equivalente de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización vigentes

pmartinez@eleconomista.com.mx

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