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Milei desregula seguros de salud y da golpe a sindicatos
Con la aplicación de esta medida, los trabajadores podrán optar libremente entre los seguros de salud sindicales o los privados. Además de que ya no deberán permanecer obligatoriamente un año en cualquiera de éstos.
Lo que se busca es terminar con la obligatoriedad de darte de alta en un empleo y quedar preso de la obra social (seguro médico) del sindicato, y que además una vez por año tengan la libertad de elegir”.
Manuel Adorni, vocero presidencial en Argentina
En su batalla contra los gremios y las denominadas "cajas negras", el presidente de Argentina, Javier Milei, firmó varios decretos tendientes a avanzar con una profunda desregulación del sistema de obras sociales (seguros médicos) y de las prepagas que apuntan a flexibilizar los servicios para liberar los mecanismos de contrataciones.
El gobierno se dispone a reglamentar el decreto 70/23 que se refiere al capítulo de reformas en las prepagas y el otro DNU que modifica el decreto 504/98 en la que hace a los cambios en obras sociales. "Los trabajadores tendrán la libertad de derivar sus aportes a la obra social que elijan desde el inicio de la contratación", dijo Manuel Adorni en su habitual conferencia en Casa Rosada al anunciar estas medidas.
Sobre el marco regulatorio de Ley Obras Sociales Nº 23.660 la decisión del Gobierno es sumar a las entidades de medicina prepaga como integrantes de la ley permitiendo que el trabajador pueda elegir de forma directa una obra social o empresa de medicina prepaga. Este será un duro golpe a los gremios que en muchos casos utilizaban "sellos de goma", según dicen en el Gobierno, para respaldar la triangulación obligada que debe hasta ahora definir un beneficiario de una prepaga.
Con el paso de los años, los sindicatos incorporaron un esquema de diferentes servicios adicionales a la de la propia representación gremial (obras sociales). Entre ellos, la disposición de prestaciones médicas para sus afiliados se volvió una de las más importantes para las diferentes entidades con gran cantidad de afiliados, aunque también existen en gremios de menor tamaño.
Sobre el Sistema Nacional del Seguro de Salud (Ley N° 23.661) se consideran agentes del seguro a las obras sociales nacionales, cualquiera sea su naturaleza o denominación, las obras sociales de otras jurisdicciones, las empresas de medicina prepaga y demás entidades que adhieran al sistema que se constituye, las que deberán adecuar sus prestaciones de salud a las normas que se dicten y se regirán por lo establecido en la presente ley, su reglamentación y la ley de Obras Sociales. A la vez, la Superintendencia de Servicios de Salud llevará un Registro Nacional de agentes del Seguro, en el que se inscribirán a las entidades comprendidas en la Ley 23.660.
Este asunto añadirá tensión a la relación que la CGT tiene con el Gobierno, que ya está lo suficientemente alterada producto de las negociaciones salariales y la determinación del oficialismo por aminorar el impacto de las marchas y manifestaciones sindicales. La SSS es la encargada de transferir a las obras sociales sindicales los reintegros por las prestaciones médicas completas, compras de medicamentos, tratamientos específicos y otros costos adicionales con el fin de garantizar su funcionamiento.
Según la hipótesis del Gobierno "no habría correlación entre la cantidad de afiliados, las prestaciones que dan y el dinero que reciben” la gran mayoría de los sindicatos, indican desde el gobierno.