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Perú permitirá la entrada al cine con alimentos

Especialistas advirtieron que las cadenas afectadas podrían compensar una eventual caída en sus ingresos por confitería con un alza en el precio de sus entradas o limitando promociones.

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Las cadenas Cinemark y Cineplanet ya no prohibirán al público ingresar con sus alimentos a las salas de cine, esta es una decisión que tomó el organismo que regula la libre competencia en Perú, el Indecopi, así lo dio a conocer el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores, Crisólogo Cáceres.

Detalló que las medidas de la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi para Cinemark y Cineplanet se emitieron hace unos días y ahora las cadenas de cines tienen hasta el viernes 2 de marzo para retirar los avisos que prohíben el ingreso con alimentos externos.

“Ésta es una cláusula abusiva que tenían las cadenas de cines y que atenta contra los consumidores de manera directa”, sostuvo Cáceres, quien afirma que esta medida debería ampliarse a otros complejos.

“La denuncia que hemos presentado ha sido contra Cineplanet y Cinemark, pero exhortamos a las demás cadenas de cines alinearse a la decisión de Indecopi”, expresó.

Una de las cadenas de cine no contemplada en la medida es Cinépolis, la mexicana que opera en Perú desde el 2010, con cuatro complejos y 36 pantallas, empresa líder en Latinoamérica y la cuarta a nivel mundial.

EL NEGOCIO DE LA DULCERÍA

En Perú se estima que el negocio de las cadenas de cines representa alrededor de 431 millones de soles (cerca de 132 millones de dólares), según el análisis de mercado que realiza Apoyo y Asociados Internacionales–Fitch Ratings.

Cineplanet y Cinemark tienen una participación de mercado de 53 y 19%, respectivamente.

Para Cineplanet, los ingresos por confitería representan 40.7% de su facturación, mientras para Cinemark 35% de sus ingresos totales al 2017.

CINES TOMARÁN MEDIDAS

“Las cadenas de cines son empresas que tienen el derecho de limitar el ingreso de productos externos en sus establecimientos, en la medida que se informe adecuadamente a los consumidores”, señaló Andrés Calderón, profesor de la Universidad del Pacífico.

Por ello consideró que la medida del Indecopi está “contraviniendo la Constitución Política de Perú”.

“No se atenta contra la libertad de los consumidores. El consumidor puede comer antes o después de ir al cine. Y si no le gusta lo que vende el cine o no quiere pagar esos precios, puede ir a otro cine”, declaró a Gestión.

La SPC dijo que los alimentos que se ingresen a las salas serán aquellos iguales o de similares características a los que se vendan en dichos locales, por motivos de seguridad e higiene, a lo que Calderón señaló que la definición de productos de “similares características” se irá definiendo caso por caso, cuando se presenten reclamos en los cines. “Esto abre un peligroso campo para molestias y conflictos entre consumidores y cines”, señaló.

Además, advirtió que otro riesgo es que los cines podrían compensar una eventual caída en las venta de confitería con un alza del precio de sus entradas o limitando las promociones que había, como los “precios de martes”.

“En cualquier caso, los más perjudicados podrían ser los que iban al cine sin expectativa de comer o llevar alimentos. Comer en el cine no es un derecho. Por eso es absurda la decisión de la Sala de Consumidor del Indecopi”, puntualizó.

El especialista mencionó que Cineplanet y Cinemark podrían presentar una demanda contenciosa administrativa ante el poder Judicial contra la medida.

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