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Realiza SE cambios en reglas del Fondo Pyme

La dependencia informó que se reforman los numerales 3 fracción XVIII , 8 y 18 de las Reglas de Operación del Fondo Pyme, los cuales entrarán en vigor a partir de mañana.

La Secretaría de Economía (SE) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) modificaciones a las reglas de operación del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PyME), para el ejercicio fiscal 2013.

La dependencia precisa en el documento que se reforman los numerales 3 fracción XVIII , 8 y 18 de las Reglas de Operación del Fondo Pyme, los cuales entrarán en vigor a partir de mañana.

Con dichos cambios, detalla, se establece que será el Consejo Directivo del Fondo Pyme el que determine, conforme a las disposiciones de las convocatorias, los proyectos que podrán acceder a los apoyos previstos en dichos instrumentos jurídicos.

Y para los casos no previstos en las reglas, el Consejo podrá determinar el mecanismo de distribución de los recursos asignados al Fondo Pyme, así como el destino y temporalidad de los apoyos.

La SE indica que el Consejo también tendrá la facultad de autorizar el calendario de visitas de supervisión de los proyecto aprobados, y valorará y emitirá una resolución al respecto de cualquier otra situación no prevista en las presentes Reglas de Operación.

Entre otras modificaciones, agrega, es que se podrán entregar apoyos sin que medie convocatoria cuando se trate de proyectos estratégicos para el desarrollo nacional, regional o sectorial del país.

También subraya que serán las dependencias y entidades de la Administración Pública Centralizada y paraestatal, los gobiernos de los estados o municipales, y el máximo órgano empresarial del país, quienes podrán fungir como organismo intermedios para presentar las respectivas solicitudes de apoyo.

Agrega que para presentar los proyectos se deberá adjuntar una carta de los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Centralizada y paraestatal, los Sedecos o presidentes municipales, y el presidente del máximo órgano empresarial del país, manifestando el carácter estratégico del proyecto.

Asimismo, el director general competente deberá confirmar el carácter estratégico del proyecto para que éste pueda ingresar al Sistema Emprendedor.

Abunda que una vez ingresado, el sistema asignará el folio correspondiente y se sujetará a los procedimientos del Sistema Nacional de Evaluadores, el cual confirmará la viabilidad del proyecto, para su posterior consideración del Consejo Directivo.

MFH

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