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Injerencia patronal, el principal motivo de activación de las quejas laborales en el marco del T-MEC

De acuerdo con las quejas que se han presentado, desde que entró en vigor el acuerdo comercial, el 64.2% de las denuncias de los trabajadores señala a la empresa como la principal razón que impide la libertad de asociación.

Foto EE:Archivo

La injerencia patronal, prohibida en la Ley Federal del Trabajo, así como en el acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá, es uno de los principales motivos que origina las quejas laborales -en el marco del T-MEC- en contra de México.

De acuerdo con las quejas que se han presentado, desde que entró en vigor el acuerdo comercial, el 64.2% de las denuncias de los trabajadores señala a la empresa como la principal razón que impide la libertad de asociación.

La segunda razón que se ha registrado, y por lo cual se activa el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR), es la discriminación antisindical, pues de los 28 casos que se tienen presentados en 15 de ellos existe dicha situación en contra de los trabajadores que impulsan una nueva forma de organización.

El tercer rubro que se ha documentado y que ha sido motivo de queja, es el despido por actividad sindical; mientras que las amenazas y represalias ocupan el cuarto lugar.

Respecto a las medidas que han tomado los gobiernos de Estados Unidos y de México para evitar la presunta denegación de derechos laborales, se acude a un fuerte compromiso que debe realizar la empresa en cuestión con la llamada “Carta de neutralidad”, hasta ahora hay 22 empresas que se han comprometido a ello.

“La Carta de Neutralidad transmite a los trabajadores la certeza de que el patrón conoce las sanciones de que puede ser objeto si viola el principio de neutralidad; asimismo, da confianza de para poder ejercer sus derechos, esperando una conducta neutral del empleador. Además, debe servir para que no se sientan amenazados o coaccionados al tomar sus decisiones legales”, explicó el especialista laboral Pablo Franco, representante de ILAW Network.

Asimismo, se incluye a la capacitación como parte de la reparación a la que se comprometen las empresas; así como el pago de salarios retroactivos y la reinstalación de trabajadores despedidos.

El Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida también ha experimentado casos en los que se han impuesto multas y sanciones, así como la instalación de dos paneles laborales, lo cual implica una investigación profunda por parte de los gobiernos. Hasta la fecha un panel laboral ya fue resuelto, el relacionado con la mina San Martín; y el de la empresa Atento que se encuentra en proceso de revisión.

De acuerdo con el proyecto de Sensibilización sobre la Reforma Laboral en México, en el seguimiento de casos del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida, hay 28 casos presentados, cuatro casos están activos, 23 cerrados, un panel activo.

Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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