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Congreso de Quintana Roo aprueba reformas que hacen legal la operación de Uber

La reforma a la Ley de Movilidad generará un mecanismo jurídico para propiciar un esquema de prevención y reacción inmediata ante los hechos delictivos que podrían suceder al interior de los vehículos mediante los cuales se presta el servicio de transporte de pasajeros, a través de la instauración al interior de los vehículos de equipos de geolocalización, las cámaras de vigilancia interna y los botones de pánico.

Foto: Europa Press

Cancún, QRoo.- El Congreso de Quintana Roo aprobó por unanimidad las reformas a la Ley de Movilidad de Quintana Roo, mediante la cual se reconoce ya a las plataformas digitales tipo Uber como un servicio privado, al derogarse la anterior ley que lo identificaba como un servicio público.

A través de estas modificaciones, se reconoce la naturaleza pública y privada del servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas o digitales.

También se expide un nuevo marco normativo para la prestación de este servicio, el cual podrán ofrecerlo aquellas personas particulares que cuenten con un permiso, previo trámite de la persona moral que medie la prestación de este servicio, o bien aquellos operadores que cuentan con una concesión de transporte público.

Según los datos dados a conocer por el Congreso de Quintana Roo, la reforma a la Ley de Movilidad generará un mecanismo jurídico para propiciar un esquema de prevención y reacción inmediata ante los hechos delictivos que podrían suceder al interior de los vehículos mediante los cuales se presta el servicio de transporte de pasajeros, a través de la instauración al interior de los vehículos de equipos de geolocalización, las cámaras de vigilancia interna y los botones de pánico.

Además, se estableció la creación del Fondo de Movilidad del estado, el cual tendrá como objetivo captar, administrar y aportar recursos que contribuyan a mejorar las condiciones de la infraestructura, seguridad y ordenamiento vial, así como acciones de cultura en materia de movilidad.

Previo a la reforma, el 11 de enero de este mismo año, el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito falló a favor de la operación de Uber en Quintana Roo.

De acuerdo con el fallo, “las leyes de transporte en Quintana Roo son inconstitucionales y no pueden aplicarse para Uber, pues es un servicio privado y no público”.

Los considerandos expuestos durante la audiencia hicieron mención a que con anterioridad la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya se había pronunciado al respecto, estableciendo que las plataformas de transporte son distintas al servicio público de taxis y por ello no pueden ser reguladas mediante un esquema de concesiones, ante lo cual los jueces del Tercer Tribunal Colegiado finalmente votaron por conceder el amparo a Uber para que opere en Quintana Roo.

Es decir, derivado de este fallo de principios de año, se tuvieron que hacer las reformas a la Ley de Movilidad que aprobó el Congreso la madrugada de este jueves 27 de abril.

kg

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