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Conoce a quién puedes heredar los recursos de tu cuenta Afore

Al fallecer el trabajador, los beneficiarios podrán solicitar a los Institutos de Seguridad Social el otorgamiento de la pensión conforme les corresponda

Foto EE: Archivo

Los recursos que acumulaste en tu afore durante toda tu vida laboral también pueden ser heredados en caso de fallecimiento, por lo que es importante que los trabajadores tengan actualizado su expediente de identificación donde se establezca a los beneficiarios.

Actualizar tu expediente, es un trámite sencillo que evita problemas legales a tus seres queridos al momento de disponer de tus recursos, en caso de que faltes.

Existen diferente tipos de beneficiarios:

Beneficiarios legales.

Son aquellas personas que, por Ley (Instituto Mexicano del Seguro Social y del ISSSTE), tienen derecho a una pensión, por ende, a disponer de los recursos de la cuenta individual a manera de pensión o en una sola exhibición y son los siguientes:

• La viuda o viudo

• Los hijos menores de 16 años o hasta 25 años si comprueban estudios.

• A falta de cónyuge, la concubina o el concubinario

• A falta de cónyuge, hijos, concubina o concubinario, los beneficiarios legales serían cada uno de los ascendientes del trabajador si dependían económicamente de él.

Beneficiarios designados.

Son aquellos que elige el cuentahabiente afiliado al IMSS o ISSSTE en el contrato de administración de Fondos para el Retiro suscrito con la afore que administre sus recursos, o bien, en el expediente de identificación.

En caso de fallecimiento del trabajador o pensionado: Para los afiliados al IMSS, los beneficiarios designados tendrán derecho a recibir los recursos de la Cuenta Individual que, en términos de las disposiciones legales, no estén destinados al pago de la pensión a favor de alguno de los beneficiarios legales.

De acuerdo con PensionISSSTE, para los afiliados al ISSSTE, los beneficiarios sustitutos tendrán derecho a recibir los recursos de la cuenta individual, única y exclusivamente cuando falten los beneficiarios legales.

¿Qué se necesita para designar a los beneficiarios?

  • Tu Numero de Serguro Social o CURP.
  • Identificación Oficial vigente.
  • RFC con homoclave (recomendable).
  • Nombre y apellidos de los beneficiarios a designar.
  • CURP de beneficiarios.
  • Establecer el porcentaje que otorgarás a cada Beneficiario del Saldo de tu Cuenta Individual.

Para que cualquier trámite sea más sencillo es importante que tener el expediente electrónico actualizado. En caso de que no cuentes con el o no esté actualizado, deberás llevar los siguientes documentos a tu afore:

  • Identificación oficial
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses
  • RFC con homoclave

Coeditora de Suplementos Financieros y Especiales. Periodista especializada en temas relacionados con mercados financieros, fondos de inversión, uniones de crédito, seguros, pensiones y finanzas personales. Coeditora de los reportes especiales de El Economista, como Universidades, Salud, Coworking y Turismo.

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