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Opinión

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Entonces, ¿el Estado es él?

Esta forma de gobernar tiene serias implicaciones, además del problema de competencia y del tema de moralidad pública, ¿este tipo de actos cumple con la exigencia constitucional?

Hace unas semanas, la Secretaría de la Función Pública en una entrevista expresó que el estado es el presidente López Obrador, al referirse a un nuevo entendimiento de la forma de hacer gobierno en la 4T. Al margen de los comentarios que derivaron de esta desafortunada declaración, subyace un tema de fondo que vale la pena considerar, a partir de un ejemplo concreto, relativo a la acción que emprendió el presidente contra unas empresas que fungieron, de manera preponderante, como proveedoras del IMSS y del ISSSTE en el 2018. Este ejemplo podría ayudar a dimensionar aquello que declaró la secretaria de estado semanas atrás en relación con el entendimiento que el gobierno tiene de su función.

Recientemente se hizo público que tres empresas tuvieron una participación de más de 60% del total de compras de medicinas y materiales de curación que llevaron a cabo el IMSS y el ISSSTE en el 2018, lo que significó una operación cercana a 34,280 millones de pesos. Derivado de esta información, el 20 de marzo pasado, el presidente emitió el oficio Presidencia-009/03/20/19, dirigido a la oficial mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el que señaló que la conducta relativa a la compra antes referida resulta “a todas luces, inmoral y violatori(a) del Artículo 28 de la Constitución que prohíbe la existencia de monopolios”. Más adelante, ordenó que, conforme a la ley, se impidiera la participación a dichas empresas en los procesos de licitación o adjudicación directa, hasta que “sepamos, a ciencia cierta, si no hubo en estas operaciones corrupción y tráfico de influencia”.

Este tema retrata de cuerpo entero la concepción que tienen en la nueva administración del ejercicio del poder público. La forma de proceder, en el caso narrado, pareciera que sigue la siguiente mecánica: una vez que alguien le informa al titular del ejecutivo sobre un tema, éste toma cartas en el asunto, sin tomar en cuenta (pareciera) su competencia. Lo anterior genera un doble problema. Por un lado, que el titular de la administración pública toma decisiones sin tener la información concreta y pertinente que permita que sus determinaciones (actos de autoridad) cumplan con la exigencia de fundamentación y motivación, previstas en la Constitución, y el segundo problema, relacionado con lo anterior, es si el presidente es o no competente para tomar este tipo de determinaciones, por ejemplo, en relación con la competencia económica.

En el caso concreto, podría llegar a determinarse que estas empresas tienen o no una responsabilidad y deban ser sancionadas por la actuación que se les imputa, tal vez en colusión o no con algunos exfuncionarios, pero de cualquier manera ello debe ser producto de un proceso de investigación, a partir de pruebas y siempre con la posibilidad de poder refutar y defenderse de estas acusaciones, y no sólo como en el caso, hasta saber a ciencia cierta si se cometió o no alguna conducta ilícita.

Esta forma de gobernar tiene serias implicaciones. Además del problema de competencia anunciado y del tema de moralidad pública indicado, ¿este tipo de actos cumple con la exigencia constitucional de fundamentación y motivación? Este tipo de ejemplos parece darle la razón a la secretaria de estado. Esperemos que esta forma de gobernar no se multiplique y que nuestras autoridades actúen conforme a lo dispuesto en la propia Constitución.

Twitter: @gaboglezsantos

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